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JUNTO A AUSTRIA, IRLANDA E ITALIA

La CE denuncia a España por no adaptar la directiva de auditoría de cuentas

La Comisión Europea ha decidido llevar a Austria, Irlanda, Italia y España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no haber incorporado en su ordenamiento jurídico nacional la Directiva sobre la auditoría legal de cuentas.

La Comisión ha decidido llevar a cuatro Estados miembros (Austria, Irlanda, Italia y España) ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, por no haber notificado a la Comisión todas sus medidas nacionales para incorporar la Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas.

La Directiva reforma la reglamentación de la profesión auditora, con el fin de mejorar la calidad de las auditorías en Europa tras los escándalos que habían sacudido el mundo empresarial en el pasado. En particular, introduce la obligación para los Estados miembros de establecer un sistema externo de garantía de la calidad y un sistema de supervisión pública de los auditores, junto con una serie de medidas para mejorar la cooperación entre las autoridades competentes en la UE.

Asimismo, la Directiva fija algunos principios éticos para garantizar la independencia y objetividad de los auditores legales y aclara los deberes a que están sujetos. El plazo para la incorporación de la Directiva concluía el 29 de junio de 2008.

La Comisión ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a Bélgica, Irlanda, Grecia, Luxemburgo, Polonia y Portugal por no haber podido incorporar totalmente en sus ordenamientos jurídicos nacionales, en el plazo prescrito, la última Directiva en el ámbito de la contabilidad.

La Directiva en cuestión (2006/46/CE) aumenta los umbrales máximos que pueden aplicar los Estados miembros para determinar qué sociedades pueden quedar exentas de determinados requisitos de información en la memoria.

Contabilidad

También amplía los requisitos de información en la memoria a las sociedades en materia de transacciones significativas efectuadas con partes vinculadas, como los principales miembros de la dirección y los cónyuges de los miembros del órgano de administración, y a los acuerdos que no aparecen en el balance, tales como transacciones o acuerdos que las sociedades pueden tener con otras entidades.

Además, las sociedades también deben publicar un informe anual de gobierno corporativo como una sección específica y claramente identificable del informe de gestión. Una vez incorporada la Directiva, las sociedades europeas que no cotizan en bolsa también deberán proporcionar más información a los inversores y a los ciudadanos sobre los riesgos a los que se enfrentan.

Al mismo tiempo, la Directiva tiene en cuenta el interés de las pequeñas y medianas empresas, permitiéndoles quedar exentas de ciertos requisitos en materia de información, lo que en definitiva se traduce en una reducción de sus cargas administrativas. El plazo para la incorporación de la Directiva concluía el 5 de septiembre de 2008.

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