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El Tribunal de la UE condena la ley que permite a Alemania controlar Volkswagen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado ilegal la denominada "ley Volkswagen", que protege al fabricante alemán de ofertas públicas de adquisición hostiles, al considerar que vulnera la libre circulación de capitales. Los analistas consideran que la sentencia abre las puertas a Porsche para hacerse con el control de la empresa.ue

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado ilegal la denominada "ley Volkswagen", que protege al fabricante alemán de ofertas públicas de adquisición hostiles, al considerar que vulnera la libre circulación de capitales. Los analistas consideran que la sentencia abre las puertas a Porsche para hacerse con el control de la empresa.ue
LD (Agencias) El Tribunal da así la razón a la Comisión Europea, que en 2005 denunció a Alemania al considerar que la "ley Volkswagen" era contraria a la normativa comunitaria.
 
Bruselas citaba tres motivos para justificarlo: la limitación del ejercicio de los derechos de voto a un 20 por ciento del capital social cuando un accionista supera este porcentaje; la elevación al 80 por ciento del umbral de mayoría necesaria para la adopción de decisiones en la junta general de accionistas; y el nombramiento por parte del Gobierno federal y del lander de Baja-Sajonia de sendos miembros en el consejo de vigilancia de la empresa.
 
La Comisión Europea denunció la norma alemana -promulgada en 1960 para regular la privatización de la compañía-, al considerar que no respeta los principios de libre circulación de capitales y libertad de establecimiento.
 
En la sentencia de este martes, el Tribunal da la razón a la Comisión en lo relativo a la violación de la libre circulación de capitales, pero rechaza el recurso en la parte relacionada con la libertad de establecimiento, al considerar que el Ejecutivo comunitario no ha aportado una argumentación específica sobre ese punto.
 
Sobre la minoría de bloqueo y la limitación de los derechos de voto, el Tribunal recuerda que la reducción del ejercicio del derecho de voto al 20 por ciento del capital coincide con el porcentaje de acciones que se repartieron al Gobierno Federal y al Estado de Baja-Sajonia cuando se promulgó la Ley. Esas dos disposiciones, tenidas en cuenta de manera conjunta, "permiten al Estado federal y a Baja-Sajonia ejercer, con una inversión más reducida que la que exigiría el derecho común, una influencia sustancial en la sociedad Volkswagen", indica la sentencia. La misma agrega que "esa situación puede disuadir las inversiones directas de otros países".

Además, el Tribunal opina que el derecho que tienen el Gobierno federal y el de Baja-Sajonia, siempre que sean titulares de al menos una acción, a nombrar dos miembros cada uno del Consejo de Vigilancia de Volkswagen "privilegia a los accionistas públicos con respecto al derecho común de las empresas", que sólo permitiría nombrar un máximo de tres representantes. Esta práctica facilita a ambos, además, "la posibilidad de ejercer una influencia que va más allá de sus inversiones y reducir la influencia de otros accionistas".

El Tribunal recuerda que el Tratado de la UE prohíbe toda restricción al movimiento de capitales entre Estados miembros, algo en lo que considera que incurre la ley Volkswagen, como medida nacional susceptible de disuadir las inversiones directas y limitar la posibilidad de otros accionistas de participar en la gestión y control del grupo automovilístico.

Los jueces recuerdan que, según el derecho comunitario, la libre circulación de capitales se puede limitar con medidas nacionales "justificadas por intereses legítimos", pero considera que Alemania no ha demostrado de qué manera las disposiciones adoptadas son necesarias para proteger esos intereses.

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