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El TS rechaza el último intento de Urdangarin y Torres de anular la sentencia de Nóos

Los magistrados entienden que los condenados alegan "cuestiones extrañas" de naturaleza distinta a la propia de la casación.

Los magistrados entienden que los condenados alegan "cuestiones extrañas" de naturaleza distinta a la propia de la casación.
Banquillo de los acusados del caso Nóos | EFE

La Sala de lo Penal ha desestimado los incidentes de nulidad interpuestos por la defensa de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, su mujer Ana María Tejeiro, el Instituto Nóos y las sociedades vinculadas contra la sentencia de esta misma Sala, dictada el pasado 8 de junio, que confirmó las condenas dictadas en el llamado caso Nóos.

Explica que en los recursos se alegan cuestiones extrañas a lo que ha de constituir el estricto contenido propio de un incidente de nulidad de actuaciones, puesto que no se atacan decisiones nuevas adoptadas por el Tribunal Supremo al resolver los recursos de casación. "Se viene a combatir indirectamente lo que decidió la Audiencia de Palma de Mallorca y esta Sala se limitó a confirmar refrendando sus argumentos y reforzándolos con otros destinados a refutar las quejas casacionales".

El incidente de nulidad en sede casacional, añade la Sala, está reservado a lesiones de derechos fundamentales directamente achacables a la sentencia de casación y que no hayan podido ser denunciados previamente. En este sentido, afirma que la nulidad de actuaciones del artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial "no puede convertirse en un sedicente recurso de súplica para entrar en dialéctica con el Tribunal y rebatir los argumentos que haya podido exponer en su sentencia o manifestar las legítimas discrepancias con ellos".

Por último, indica que en el incidente ni se pueden replantear temas ya suscitados y resueltos ni cuestiones no achacables a la última sentencia cuando el defecto identificado resida en la sentencia de instancia y no se haya reclamado su corrección en casación. El tribunal concluye que las quejas planteadas no suscitan un debate nuevo, sino que "son un intento de prolongar o alargar (y en algún punto, ampliar extemporáneamente) el debate de casación".

El caso Nóos

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena al marido de la infanta Cristina a cinco años y diez meses de cárcel, cinco meses menos que la Audiencia de Palma de Mallorca el 17 de febrero de 2017. También a su exsocio Diego Torres –que disfrutó de la mayor rebaja: de ocho años y medio a cinco años y ocho meses– y el expresidente balear y exministro del PP Jaume Matas –que no vió modificada su pena de tres años y ocho meses–. Ingresaron en prisión.

El Alto Tribunal ratificó en los casos de Urdangarin y Torres los delitos de fraude fiscal, prevaricación, malversación y tráfico de influencias por los que fueron condenados en primera instancia."Es de destacar que el logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegiada posición no se limita a la contratación, sino también y particularmente a la exclusión de toda concurrencia posible obviando las condiciones, presupuestos y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateralmente por el recurrente y su socio".

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