
El expresidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, metió en el cajón 5 meses los recursos contra el bloqueo del Gobierno de Pedro Sánchez en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Tal y como avanzó este diario, los dos borradores de sentencia que prepara el Constitucional avalan el bloqueo del Ejecutivo a los nombramientos de jueces en el CGPJ tras haber caducado su mandato. La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, impulsada por PSOE y Podemos, entró en vigor el año pasado para presionar al Partido Popular en la renovación de CGPJ, colapsando el sistema judicial. PP y Vox presentaron entonces sendos recursos de inconstitucionalidad, cuya ponencia recayó en los magistrados progresistas María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol.
Fuentes del Tribunal Constitucional consultadas por Libertad Digital explican que "el primero de los recursos de inconstitucionalidad presentado por diputados del partido político Vox, del que es ponente la magistrada María Luisa Balaguer, tuvo entrada en el TC el 22 de abril de 2021. El informe de admisión del letrado fue de fecha 5 de mayo de 2021. Y el segundo recurso de inconstitucionalidad, interpuesto por diputados del partido político PP, del que es ponente el Vicepresidente Juan Antonio Xiol, lo fue el 17 de mayo de 2021".
"Los dos recursos no fueron incluidos en el orden del día hasta el 16 de septiembre de 2021. Cinco y cuatro meses después, respectivamente, desde sus interposiciones. Es cierto que un recurso de inconstitucionalidad no tarda en llevarse ordinariamente a Pleno más de 15 días desde su interposición. Se lleva al primer Pleno siguiente que se convoque. Es inmediato, pues se constata la legitimación, el plazo de interposición y la corrección del suplico con la pretensión jurídica del recurrente", destacan.
El CGPJ lleva en funciones desde el 4 de diciembre de 2018. La Ley 4/2021, de 29 de marzo, restringía las competencias de nombramiento del Consejo. Aunque desde la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, que modificaba la anterior, se restablecía la competencia de nombramiento de las dos plazas del Tribunal Constitucional hoy pendientes de renovación.
Las mismas fuentes consultadas por LD recuerdan que "compete a quién es en el momento Presidente del Tribunal Constitucional fijar y llevar el orden del día de los asuntos a Pleno: ‘El Presidente del Tribunal Constitucional ejerce la representación del Tribunal, convoca y preside el Tribunal en Pleno y convoca las Salas…’".
Si comparamos los plazos de tiempo en los que González Rivas llevó a Pleno los recursos sobre el bloqueo del Gobierno en el CGPJ con los recursos del estado de alarma, llama la atención la tardanza de los primeros. El primer recurso contra el estado de alarma cuya sentencia elaboró el actual presidente Pedro González-Trevijano lo presentó Vox el 28 de abril de 2020 y el asunto lo llevó a Pleno González Rivas el 6 de mayo de ese año, es decir, 8 días después. Lo mismo sucedió con el segundo recurso presentado por el PP cuya ponencia recayó en el magistrado Antonio Narváez. EL recurso se presentó el 6 de noviembre de 2020 y se admitió en Pleno el 17 de noviembre de 2020, 10 días después.
"González Rivas no llevó a Pleno antes los recursos contra el bloqueo del Gobierno al CGPJ por temor a la reacción airada del Ejecutivo tras el mazazo de la sentencia sobre el primer estado de alarma", apuntan.
El camino de los recursos con Trevijano
Las mismas fuentes consultadas por este diario explican que "el día de la elección del actual presidente del TC González-Trevijano, el 19 de noviembre de 2021, se señaló por este, tras recabar el parecer del vicepresidente Juan Antonio Xiol, que de no preverse acuerdo de renovación en los meses de junio/julio de 2022, se tomaría la máxima urgencia de llevar los borradores de las dos sentencias sobre el bloqueo del Gobierno al CGPJ".
"En el mes de marzo, tras la previa resolución de las múltiples recusaciones de algunos magistrados, que impedían el conocimiento de los más importantes asuntos del Tribunal, que era lo más urgente, junto con la resolución de las sentencias de algunos de los condenados por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el denominado procés, el presidente y los dos ponentes se ratificaron en la decisión adelantada de llevar los borradores de las dos sentencias, si el Consejo no hubiera recuperado entonces sus competencias o no hubiera acuerdo político sobre la renovación de sus miembros. El plazo era el apuntado de los meses de junio/julio. El Tribunal era consciente de que no podía diferir sine die tan importante asunto y de que no podía ser responsable paralelamente de la imposibilidad de nombramiento de sus dos propios magistrados por el Consejo General del Poder judicial", apuntan.
"Tras la recuperación de competencias del Consejo General del Poder Judicial en julio de 2022 para nombrar a los dos magistrados del Tribunal, y dada también la existencia de la negociación del Gobierno y el principal partido de la oposición para la renovación del Consejo, se decidió, como se ha hecho siempre, no interferir- de acuerdo con la práctica inveterada en estos cuarenta años- en los procesos de negociación política o en los procesos electorales pendientes. Al tiempo, el Consejo General del Poder Judicial está habilitado para nombrar desde el mes de julio a sus dos magistrados en el Tribunal Constitucional. Simultáneamente las negociaciones se encontraban entonces en curso por parte de las dos principales formaciones políticas. El Tribunal es consciente de la situación presente. Los Ponentes tienen adelantadas sus ponencias, aunque la modificación legal reciente impone un tiempo para su examen y reflexión", concluyen.
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