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El Tito Berni, imputado por diseñar un contrato ficticio a un marroquí que necesitaba el permiso de residencia

El exdiputado socialista Juan Bernardo Fuentes Curbelo comparece este jueves en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Tenerife por el ‘caso mediador’.

El exdiputado socialista Juan Bernardo Fuentes Curbelo comparece este jueves en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Tenerife por el ‘caso mediador’.
El exdiputado socialista canario, Juan Bernardo Fuentes, cabecilla del caso Mediador, tras declarar ante la juez. | EFE

El exdiputado socialista Juan Bernardo Fuentes Curbelo, conocido como Tito Berni, ha sido imputado en una pieza separada del caso Mediador por diseñar un contrato ficticio a un marroquí que necesitaba el permiso de residencia.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital apuntan que el Tito Berni comparecerá previsiblemente este jueves junto a su esposa ante la titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Tenerife, María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres Farizo. Ambos son investigados por un delito de falsedad en documento oficial y un segundo delito contra la seguridad social por los que se podrían enfrentar a dos años y medio de prisión.

Según figura en este procedimiento, al que ha tenido acceso LD, el ciudadano marroquí Rachid Zankti se encontraba tramitando el expediente administrativo de renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en España. Al necesitar la acreditación de una relación laboral para cumplir las exigencias y requisitos previstos en la Ley de Extranjería, contactó con Juan Bernardo Fuentes Curbelo, administrador solidario de la entidad Ganadería Tetir S.L., en la que Rachid Zankti había prestado sus servicios profesionales desde el 6 de febrero de 2018 hasta el día 31 de agosto de 2018.

Fue entonces cuando el ciudadano de origen magrebí solicitó que le diera de alta laboral por un periodo de tres meses para que apareciera ficticiamente como empleado de la ganadería mencionada, aportando éste los importes correspondientes a los periodos de cotización que entregaba en mano al ‘Tito Berni’ con la finalidad de que realizara el ingreso en la Seguridad Social y de ese modo cumplir con las exigencias legales previstas en la Ley de extranjería.

Por su parte, Rachid Zankti se comprometió a satisfacer otros gastos derivados de la tramitación del alta laboral alcanzando la cuantía de 966,01 euros. Dichas cantidades fueron entregadas en mano al entonces diputado del PSOE. De esta manera y en ejecución del plan previamente diseñado por ambos, Fuentes Curbelo elaboró un contrato de trabajo ficticio en el que figuraba que Zankti había prestado servicios en la entidad mercantil Ganadería Tetir S.L., como peón ganadero en jornada a tiempo completo de 40 horas semanales y con un periodo de vigencia desde el 15 de diciembre de 2020 hasta el día 14 de marzo de 2021.

Para poder llevar a cabo su elaboración y ejecución, Fuentes Curbelo contactó con su esposa María Jesús Rodríguez de Ver, quien en ese instante, además de titular de la entidad mercantil acusada, se encontraba al frente de la explotación de la misma. Ésta autorizó la tramitación del referido contrato a sabiendas de su falsedad, llegando a firmar el contrato de trabajo que se presentó en el oportuno expediente administrativo.

De esta forma, se inició el correspondiente expediente administrativo que acordó la autorización de residencia temporal y trabajo de Rachid Zankti. Para la consecución de este objetivo fue determinante la presentación del citado documento, consiguiendo provocar el error en las autoridades administrativas que motivadas por su creencia de autenticidad del contrato de trabajo dictaron la resolución perseguida.

El ciudadano marroquí percibió la prestación por desempleo

Rachid Zankti consiguió, en aplicación de la legislación laboral y debido a los efectos atribuidos al contrato de trabajo ficticio, obtener la percepción de 2.184,27 euros en concepto de prestación del Servicio Público de Empleo Estatal, habiendo sido imprescindible para ello los tres meses de cotización a la seguridad social que se aportaron por la Ganadería Tetir en virtud del contrato de trabajo ficticio. Esta prestación por desempleo que se inició en fecha 14 de marzo de 2021 se mantuvo hasta la fecha de 8 de agosto de 2021.

Cabe destacar que en el caso de ser condenados, los acusados tendrían que hacer frente a una inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, se impondría la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante 4 años y 7 meses. Por último, se enfrentaría a una multa de 4.368 euros la entidad y en concepto de responsabilidad civil, los acusados tendrían que indemnizar solidariamente con 2.184 euros al Servicio Público Estatal de Empleo.

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