La nº 2 del fiscal general afirma que no existe "ninguna prueba" para atribuir a García Ortiz revelación de secretos
En un escrito, al que ha tenido acceso LD, la Fiscalía se adhiere a los recursos de García Ortiz y Pilar Rodríguez.
La teniente fiscal del Tribunal Supremo Ángeles Sánchez Conde asegura que no existe "ninguna prueba" que permita atribuir el delito de revelación de secretos al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el marco de la investigación abierta tras la filtración contra el novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
En un escrito dirigido al magistrado del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la teniente fiscal del Supremo afirma que el Ministerio Público "se adhiere a los recursos de apelación interpuestos (por García Ortiz y Pilar Rodríguez), dado que hasta el presente momento procesal no se ha obtenido, a pesar de la exhaustiva investigación, ninguna prueba que permita atribuir a ninguno de los investigados el delito de revelación de secretos objeto de investigación en la presente causa especial".
"Por el contrario", añade, "sí se han obtenido pruebas, que en los recursos se exponen de manera suficiente, relativas a que el documento reservado presuntamente divulgado por los investigados estaba en poder de diversos medios de comunicación con anterioridad a que dichos investigados tuvieran conocimiento del mismo. Extremo de indudable relevancia que minimiza el hipotético éxito de las diligencias aún pendientes de cumplimentar".
"Otrosí, consta en el recurso de apelación, formulado por la abogacía del Estado en defensa y representación de doña María Pilar Rodríguez Fernández un dictamen pericial informático que tiene por objeto el correo electrónico remitido el día 2 de febrero de 2024, a las12:58 horas por el letrado del querellante don Alberto González Amador a un Abogado del Estado, que, al parecer, contenía la misma información que el correo remitido ese mismo día diez minutos antes por ese mismo letrado al Ministerio Fiscal y cuya filtración constituye el objeto de la presente causa especial 3/20557/2024", afirma.
"La Teniente Fiscal del Supremo interesa que se desglose de la pieza separada de apelación dicha prueba pericial con sus anexos (folio 1 al 36) y se incorpore a la causa principal debido a la indudable trascendencia de la misma, tanto porque en la querella, y sucesivos escritos procesales del señor González Amador no se ha hecho ninguna referencia a que un correo similar, o idéntico, al enviado a la fiscalía había sido remitido el mismo día 2 de febrero de 2024 a la Abogacía del Estado, lo que debería ser objeto de explicación, dado que el número de destinatarios del referido correo y la identidad de los mismos no se acomoda a lo imputado en las actuaciones, como porque dicha pericial es relevante al analizar las divergencias existentes entre el correo remitido a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado, y el documento que apareció publicado en diversos medios de comunicación en las primeras horas del día 14 de marzo de 2024", concluye.
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