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Los letrados del TC se rebelan contra Conde-Pumpido por los ERE: 5 informes avalan la tesis de la Audiencia de Sevilla

Fuentes del TC consultadas por LD afirman que "los cinco informes son coincidentes, Conde-Pumpido no puede interferir en la cuestión prejudicial".

Europa Press

Los letrados del Tribunal Constitucional han emitido hasta 5 informes en contra de que Cándido Conde-Pumpido intente bloquear la cuestión prejudicial que planea presentar la Audiencia Provincial de Sevilla ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la sentencia del TC que indultó de forma encubierta a los condenados por los ERE del PSOE de Andalucía. Se trata de la mayor trama de corrupción de la historia de España en la que fueron desviados 680 millones de euros de fondos públicos destinados para ayudas a los parados.

El orden del día del Pleno del TC que arranca esta martes recoge un "debate jurídico" sobre el "planteamiento de cuestiones prejudiciales en la ejecución de sentencias definitivas dictadas por el Tribunal Constitucional u otros tribunales superiores nacionales, con suspensión de la ejecución". En este debate se analizará la posible cuestión prejudicial que presentaría ante el TJUE la Audiencia de Sevilla. La ponente es la magistrada izquierdista Inmaculada Montalbán que firmó la sentencia sobre los ERE del PSOE, a pesar de que fue galardonada por uno de los condenados, el entonces presidente andaluz José Antonio Griñán, con la medalla de Andalucía.

Fuentes del TC consultadas por Libertad Digital afirman que "los letrados del Constitucional han redactado hasta el momento hasta 5 informes internos sobre la posible presentación de la cuestión prejudicial de la Audiencia de Sevilla ante el TJUE. Los cinco informes son coincidentes: Conde-Pumpido no puede prohibir, condicionar, limitar o interferir de forma directa o indirecta en la decisión de los magistrados sevillanos desde el Tribunal de Garantías".

"Los tribunales de justicia tienen derecho a recurrir ante la justicia europea una ley o una resolución adoptada por un tribunal de última instancia contra la que no cabe recurso. Si el TC intenta obstaculizar esta decisión, se estaría contraviniendo el derecho de la UE y atentando contra la independencia del Poder Judicial", añaden.

Las mismas fuentes consultadas por LD destacan que "los citados informes críticos con las maniobras de Conde-Pumpido han sido elaborados por los letrados de los magistrados conservadores José María Macías y César Tolosa, y los otros tres por letrados que buscó personalmente el propio presidente del TC. No obstante, todos los informes han sido coincidentes, Conde-Pumpido no puede prohibir a la Audiencia de Sevilla recurrir ante la justicia europea. En este caso, no se puede hacer una interpretación extensiva de la norma, ni nada similar, no existe otra posibilidad".

"Se desconoce si Conde-Pumpido tendrá que cambiar su criterio inicial durante el próximo pleno. Lo que no cabe duda es que si sigue adelante con sus pretensiones iniciales, su actuación podría derivar en posibles responsabilidades penales", aseguran.

"Un grave atentado a la independencia judicial"

Uno de los informes elaborados por un letrado del Tribunal Constitucional destaca que "el tribunal superior de aquel que pretende plantear la cuestión prejudicial, o el TC, deben abstenerse de toda injerencia o interferencia en la labor del juez o tribunal que plantea la cuestión, lo que debe incluir abstenerse de requerirle explicaciones sobre las razones por las que se plantea la cuestión o de dirigirle indicaciones sobre su procedencia o pertenencia, o sobre su supuesto carácter hipotético, erróneo o indebido, ya se haga de manera directa (mediante resoluciones) o indirecta (mediante informes de sus órganos técnicos). Esa actuación por el tribunal superior —o TC— constituiría una usurpación o suplantación de de la jurisdicción del TJUE en el trámite de admisibilidad de la prejudicial".

"La interferencia, injerencia, condicionamiento, impedimento u obstaculización por el TC del planteamiento de cuestiones prejudiciales por los tribunales ordinarios nacionales constituiría un grave atentado a la independencia judicial de esos tribunales ordinarios, que podría motivar la responsabilidad del Reino de España, exigible mediante un procedimiento por infracción de los arts. 258-259 TFUE, sin descartar que se haya podido incurrir ya en esa responsabilidad por la exigencia indebida de explicaciones o la eventual emisión de informes por este Tribunal Constitucional dirigidos a justificar la improcedencia o incorrección del planteamiento de las cuestiones prejudiciales", concluye.

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