La Audiencia de Madrid absuelve a un joven acusado de agresión sexual y respalda la defensa de Juango Ospina
La denuncia se presentó poco después de que los padres del acusado resultaran agraciados con un premio de lotería.
Quién sabe si Íñigo Errejón se habrá enterado de esta noticia. Podría pensar que se trata de un buen augurio de cara al proceso judicial que le queda por delante. En este caso, la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un joven de 22 años que había sido acusado de agresión sexual y malos tratos en el ámbito de la pareja, poniendo fin a un proceso que ha durado tres años. La denuncia se presentó, según recoge la sentencia, poco después de que los padres del acusado resultaran agraciados con un premio de lotería. El tribunal ha acordado la libre absolución de todos los delitos imputados y lo exime de cualquier responsabilidad civil al considerar que no existen pruebas de cargo suficientes para sustentar una condena.
La defensa de Ospina
La resolución respalda la tesis de la defensa, ejercida por el penalista Juan Gonzalo Ospina, del despacho Ospina Abogados, quien sostuvo durante todo el procedimiento que las acusaciones carecían de respaldo probatorio suficiente para desvirtuar el derecho fundamental a la presunción de inocencia.
El caso se remonta a enero de 2022, cuando la entonces pareja del acusado acudió a la Guardia Civil de Majadahonda para denunciar supuestos malos tratos habituales y agresiones sexuales durante su relación sentimental. El procedimiento se inició como diligencias previas en el Juzgado de Instrucción número 1 de Majadahonda y culminó con la celebración del juicio oral ante la Audiencia Provincial.
Durante el proceso, la denunciante relató que entre febrero de 2021 y enero de 2022 habría sufrido un control constante por parte del acusado, así como violencia física y psicológica. Entre otros hechos, describió presuntas restricciones sobre su forma de vestir o relacionarse, insultos, humillaciones y agresiones físicas. También aseguró haber sido obligada a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento en varias ocasiones. Todo un retrato de sometimiento que, según su versión, había durado casi un año.
Pero desde el principio la defensa dirigida por Ospina sostuvo una línea constante y firme: no existían pruebas de peso que sostuvieran las acusaciones. El penalista enfocó su estrategia en lo que consideraba el pilar fundamental del proceso: la presunción de inocencia.
No se trataba de negar el dolor que podía haber existido en esa relación, sino de recordar que en un tribunal no bastan las sospechas ni los recuerdos, sino las pruebas verificables. Así las cosas, la defensa cuestionó las inconsistencias del testimonio de la denunciante y la falta de evidencias materiales que confirmaran los presuntos hechos.
El premio de la lotería fue clave en el juicio
Además, hay un punto clave en el contexto del proceso. Y es que poco después de que los padres del acusado ganaran la lotería, la mujer presentó la querella. De hecho, en el juicio declaró un testigo que afirmó que los conflictos de la pareja se habrían intensificado tras conocerse el premio de lotería obtenido por los padres del joven. Según su testimonio, la denunciante habría manifestado su intención de obtener dinero tras la ruptura. La sala valoró esta declaración junto con el conjunto de la prueba practicada y concluyó que no se había acreditado de forma suficiente la comisión de los delitos imputados, dictando finalmente la sentencia absolutoria.
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