El Congreso decidirá cómo ser periodista y quién lo es: así es su nuevo y liberticida Reglamento
La Cámara podrá suspender o retirar credenciales a periodistas por infringir normas internas y de "cortesía parlamentaria".
El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma de su reglamento que habilita a la Mesa de la Cámara para suspender o revocar credenciales a periodistas acreditados que incumplan las nuevas normas internas. Para ello, se crea un Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, integrado por representantes de los grupos políticos y de entidades profesionales del sector, que podrá proponer sanciones por comportamientos como interrupciones en ruedas de prensa o la publicación no autorizada de grabaciones en medios y redes sociales.
La modificación, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado, establece un sistema escalonado de infracciones —leves, graves y muy graves—, con sanciones que van desde un apercibimiento hasta la retirada definitiva de la credencial. Además, en los casos más graves, el medio afectado no podrá sustituir al periodista sancionado durante el periodo de suspensión.
El Congreso regula el acceso informativo y fija límites al ejercicio periodístico
El nuevo artículo 98 del reglamento del Congreso otorga a la Mesa la capacidad de controlar la concesión y renovación de credenciales de prensa, así como imponer sanciones cuando se vulneren las normas internas. Según el texto oficial, los periodistas deberán respetar las "reglas de cortesía parlamentaria", así como las directrices de la Mesa y las instrucciones del personal del Congreso o del portavoz que cada grupo designe.
Entre las conductas sancionables se incluyen el acceso sin autorización a espacios restringidos, la realización de grabaciones no autorizadas o la alteración del orden en comparecencias públicas. También se contemplan sanciones por la difusión de imágenes o audios obtenidos sin permiso o de forma contraria a lo dispuesto en el reglamento.
En este punto, el texto recoge de forma literal los siguientes supuestos:
Artículo 98.6.b.vi – Infracción grave:
"La publicación en medios y redes sociales de imágenes o audios obtenidos vulnerando lo dispuesto en este Reglamento."
Artículo 98.6.c.v – Infracción muy grave:
"La publicación en medios y redes sociales de imágenes o audios obtenidos mediante grabaciones" [no autorizadas o realizadas en zonas restringidas].
Artículo 98.10 – Sanción al medio:
"La publicación de grabaciones de imágenes o audios en contra de lo dispuesto en este Reglamento en un medio de comunicación que no indique su autoría implicará para este la suspensión de todas las credenciales vinculadas al mismo por un tiempo de entre tres meses y un día a tres años."
Esto implica que no solo puede ser sancionado el autor de una grabación, sino también el medio completo, si no se identifica expresamente al responsable de su difusión. En los casos más graves, la sanción incluye la retirada de todas las credenciales y la imposibilidad de cubrir la actividad parlamentaria durante años.
Un consejo mixto entre políticos y asociaciones de prensa
El Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria servirá como órgano asesor para la aplicación del régimen sancionador. Estará compuesto por un miembro de cada grupo parlamentario y representantes de colectivos profesionales, y podrá emitir informes sobre el comportamiento de los periodistas acreditados. No tendrá poder de decisión, pero sí capacidad de proponer medidas ante la Mesa.
La última palabra corresponderá siempre a la Mesa del Congreso, que instruirá el procedimiento sancionador y adoptará la resolución final. El reglamento contempla la posibilidad de modular las sanciones en función de las circunstancias del caso.
Las infracciones muy graves incluyen insultos, descalificaciones personales, el uso de dispositivos ocultos, la grabación en despachos o zonas reservadas, y la difusión de contenidos que vulneren la intimidad de los diputados.
Obligaciones nuevas y plazos para adaptarse
Junto al régimen de sanciones, el nuevo reglamento impone a todos los medios de comunicación la obligación de comprometerse expresamente a respetar las normas internas. Si un periodista o medio se niega a asumir ese compromiso, perderá automáticamente la credencial.
La Mesa dispone de un plazo de tres meses para aprobar los requisitos técnicos y normativos que permitirán aplicar el nuevo régimen. Los medios dispondrán del mismo plazo para adaptarse a las nuevas condiciones.
Además, la reforma contempla que cada grupo político pueda designar a una persona encargada de coordinar sus ruedas de prensa, que podrá decidir qué periodista puede intervenir y en qué orden.
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