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POR COLOCAR UNA BOMBA EN EL COCHE DE UN VECINO DE SEVILLA

Jon Igor Solana y Harriet Iragi, del grupo "Andalucía" de ETA, condenados a 26 y 30 años de cárcel

La Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Jon Igor Solana Matarrán y Harriet Iragi Gurrutxaga a 26 y 30 años de cárcel, respectivamente, por colocar en octubre de 2000 una fiambrera-bomba en el vehículo de un vecino de Sevilla. La sentencia considera probado que los dos acusados eran miembros del grupo "Andalucía" de la banda terrorista ETA y que "ejecutaban una campaña de terror (...) diseñada por la organización".

L D (EFE) "En ejecución de dicha campaña", prosigue el veredicto, y después de realizar varios seguimientos, los dos etarras creyeron haber identificado un coche "conducido por un militar, por lo que decidieron poner una bomba" en el mismo "para acabar con la vida de su conductor".

Así, la noche del 4 al 5 de octubre de 2000, los dos terroristas colocaron, debajo del asiento del piloto, una tartera de plástico con 1,2 kilogramos de sustancias explosivas en su interior y un sistema de detonación anti-movimiento que, "de haber explotado, habría acabado ordinariamente con la vida del conductor y muy probablemente" con la de la persona que ocupara el puesto de copiloto.

El vehículo, que no pertenecía a ningún militar, no llegó a explotar. Su propietario "estuvo varios días circulando" con él, hasta que el 16 de octubre Jon Igor Solana fue detenido en Sevilla, tras el asesinato del coronel médico Antonio Muñoz Cariñanos, y declaró "que había colocado el artefacto explosivo" en el citado coche.

Según la resolución, la Policía se puso en contacto "inmediatamente" con el dueño del turismo, quien les explicó la ubicación del mismo. Hasta allí acudió una dotación policial, que desalojó las inmediaciones y comprobó que la bomba continuaba en su interior. Acto seguido se requirió la intervención de agentes del Grupo de Desactivación de Explosivos (TEDAX).
 
El dueño del turismo padece estrés postraumático crónico e irreparable

Como consecuencia de lo sucedido, según la sentencia, el conductor sufrió un estrés postraumático agudo, que ha derivado a "crónico e irreparable", por lo que ha sido declarado "en situación de incapacidad permanente y absoluta para todo tipo de profesión u oficio".

La Audiencia estima que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa, e impone 26 años de prisión para Solana y 30 para Iragi, al considerar que en éste concurre el agravante de reincidencia. Dada "la gravedad de los hechos cometidos por los acusados", el tribunal "entiende que debe rebajarse la pena –por tratarse de tentativa– única y exclusivamente en un grado".

Además, la sentencia estima que los dos etarras son autores de un delito de terrorismo en relación con la tenencia de sustancias explosivas, e impone una pena de 8 años de cárcel para Solana y otra de 10 para Iragi.

Asimismo, los dos terroristas deberán abonar al propietario del vehículo, conjuntamente, una indemnización de 101.200 euros, por los días de baja y las secuelas padecidas.

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