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La normativa de discriminación fiscal sobre dividendos provoca un nuevo enfrentamiento entre el Gobierno y la CE

Después del pulso que el Gobierno de Zapatero mantiene con la Comisión Europea a propósito de las condiciones que la CNE impuso a E.On para opar a Endesa, ahora Bruselas ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la UE, al considerar que el régimen fiscal de los pagos de dividendos a sociedades no residentes (dividendos salientes) no respeta la normativa comunitaria. El Departamento de Pedro Solbes ya ha contestado al Ejecutivo Europeao del mismo modo que la ha hecho Joan Clos en el asunto de la OPA, ha dicho que cumple los porcentajes de dominio de retenciones que marca la directiva de la Unión Europea.

Después del pulso que el Gobierno de Zapatero mantiene con la Comisión Europea a propósito de las condiciones que la CNE impuso a E.On para opar a Endesa, ahora Bruselas ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la UE, al considerar que el régimen fiscal de los pagos de dividendos a sociedades no residentes (dividendos salientes) no respeta la normativa comunitaria. El Departamento de Pedro Solbes ya ha contestado al Ejecutivo Europeao del mismo modo que la ha hecho Joan Clos en el asunto de la OPA, ha dicho que cumple los porcentajes de dominio de retenciones que marca la directiva de la Unión Europea.
LD (EFE) El Ministerio de Economía y Hacienda aseguró hoy que cumple los porcentajes de dominio de retenciones que en la materia fija la directiva de la Unión Europea. Este lunes se ha conocido que la Comisión Europea ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al considerar que el régimen fiscal de los pagos de dividendos a sociedades no residentes (dividendos salientes) no respeta la normativa comunitaria. Según la Comisión Europea, los dividendos a empresas no residentes pueden tener una mayor tributación que las que se abonan a las que sí están afincadas en España.

Como respuesta a esta medida, el Ministerio de Economía ha dicho que cumple los porcentajes de dominio y que además reconoce los "principios que subyacen de la directiva para evitar la doble imposición". No obstante, dijeron que la denuncia todavía no ha llegado a España y que cuando se reciba se harán las "alegaciones" pertinentes.
 
En un comunicado el comisario europeo de Fiscalidad, László Kovács, ha señalado que los países de la UE "no pueden aplicar a los dividendos pagados a sociedades de otros Estados miembros un gravamen superior al que aplican a los dividendos satisfechos a sus propias sociedades".

La CE explica que la legislación de los citados países permite que lo dividendos cobrados entre sociedades residentes paguen un gravamen muy reducido, o ninguno, mientras que los dividendos salientes están sujetos a una retención a cuenta de entre el 5 y el 25 por ciento. Además, ha recordado que envió un dictamen motivado (segundo paso de procedimiento de infracción) a los cinco países en julio de 2006 instándoles a modificar su legislación.

Según Bruselas, la respuesta de España a esta petición fue "en sentido negativo". La Comisión explica que, en una sentencia previa de diciembre de 2006 (caso Denkavit), el Tribunal de Justicia europeo corroboró el principio de que el gravamen aplicado en el Estado de origen (el de establecimiento de la filial) a los dividendos salientes no puede ser más elevado que el aplicado a los dividendos entre sociedades residentes.

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