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Ramón Villota Coullaut

El duque de Palma

Unos se basan en que contratar con un miembro de la Casa Real no puede ser una mala inversión publicitaria y otro, el duque de Palma, en que su posición social le puede proporcionar un beneficio añadido a una situación ya de por sí privilegiada.

El llamado caso Urdangarín –no se encuentra a día de hoy imputado, todavía, aunque ya tiene fecha para declarar como tal– implica que nuestra sociedad ve todavía de una manera reverencial al poder o a quien se encuentra cercano a él, puesto que de otra forma no se entiende que alguien, por el mero hecho de ser de la Casa Real, pueda obtener beneficios presentando informes sobre cuestiones carentes de importancia con la finalidad –esto es lo que se dilucidará en el procedimiento judicial– de obtener beneficios económicos indebidos, lo que de por sí puede implicar posibles delitos de malversación de fondos públicos –sustraer caudales públicos para beneficiar a un tercero o a si mismo– , tráfico de influencias –prevalecerse de una situación para obtener un beneficio económico–, cohecho –ofrecer o recibir pagos por realizar un acto propio de funcionario público–, fraudes –utilizar dinero público para fines o en cantidades distintas a las autorizadas–, o delitos contra la Hacienda Pública, si además evadía estas cantidades obtenidas de forma presuntamente ilícita.

Sin entrar en mayor medida en el tema penal estas actuaciones implican, con posibles penas de prisión, multa e inhabilitación, la pérdida de confianza tanto de nuestros representantes políticos –que han utilizado el dinero público para acercarse a un miembro de la Casa Real–, como de la Casa Real –que ha visto como podía lucrarse uno de sus miembros por ser el marido de una de las hijas del Rey–, es clara. Y creo que este tema, sin desmerecer el plano penal, es importante a los efectos de destacar el juicio moral respecto a quienes entregaron dinero público a las empresas del yerno del Rey como al propio Duque de Palma.

Así, en este caso tanto quien paga como quien recibe el pago tienen igual culpa moral, ya que unos se basan en que contratar con un miembro de la Casa Real no puede ser una mala inversión publicitaria y otro, el duque de Palma, en que su posición social le puede proporcionar un beneficio añadido a una situación ya de por sí privilegiada. Si bien la investigación penal no debe dejar dudas de que estas actuaciones, en lo que sean contrarias al ordenamiento penal, sean sancionadas, en el plano de la ética pública es fundamental que los implicados vean sus conductas y personas afeadas por una actitud que no sólo es negligente, sino de una falta de ética o moral pública que una sociedad avanzada no puede permitirse.

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