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EDITORIAL

Llarena abre la puerta a que Marchena no absuelva la malversación golpista

El auto de Llarena revela que si bien se ha eliminado la sedición, se puede atribuir a los golpistas un delito agravado de malversación.

El auto del juez instructor Pablo Llarena en el que aplica al prófugo Puigdemont y sus compañeros de fuga Toni Comín y Lluís Puig el delito de malversación agravada es una pista de aterrizaje para que la sala segunda del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, evite la libre absolución de los condenados por el golpe de Estado separatista de 2017 con el nuevo Código Penal en la mano. El Gobierno y sus socios pretendían que con la reforma quedaba sin efecto por completo la sentencia del Tribunal Supremo por esa causa. Y es cierto que ha caído el delito de sedición, pero la reforma del delito de malversación es una chapuza legislativa de tal calibre que Llarena ha encontrado el resquicio para mantener en la orden de detención de Puigdemont y parte de sus socios la versión agravada de la malversación, castigada con hasta doce años de cárcel.

De manera indisimulada, socialistas, comunistas y separatistas han culminado una reforma penal cuyo único propósito es favorecer a los golpistas condenados y a los que permanecen huidos. Sin embargo, el nuevo redactado del delito de malversación faculta a los jueces para atribuir a los golpistas dicho cargo en sus términos más estrictos, puesto que utilizaron ingentes cantidades de fondos públicos para organizar el referéndum ilegal. Antes y durante el golpe se desviaron presupuestos para fines ilícitos que favorecían sus planes golpistas y encajan en el nuevo marco legal excretado por Pedro Sánchez, sus colaboradores y socios.

En el plan del Ejecutivo, la reforma del Código Penal debía despenalizar por completo el golpe de 2017 y dejar a sus autores limpios de antecedentes y sin condena. Los indultos a los encarcelados mantenían las inhabilitaciones determinadas en la sentencia de la sala segunda del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena. Con la reforma que entró en vigor el pasado jueves, se pretendía pulir ese detalle a fin y efecto de cancelar también las inhabilitaciones y que Oriol Junqueras pueda presentarse a las próximas elecciones, ya sean autonómicas o generales.

Pero el auto de Llarena revela que si bien se ha eliminado la sedición, se puede atribuir a los golpistas un delito agravado de malversación. Ahora es Marchena quien deberá decidir en un plazo relativamente breve si en la revisión de la condena con el nuevo Código Penal se mantiene la inhabilitación por dicho delito de malversación. Se trata del mismo juez que se avino a pasar de rebelión a sedición en el enjuiciamiento a los golpistas con el peregrino argumento de que el golpe de Estado fue una "ensoñación". Y cabe recordar que Marchena acometió esa rebaja en contra del criterio de los cuatro fiscales y del juez instructor de la causa, Pablo Llarena.

Ante el presidente de la sala segunda se presenta una oportunidad de redención si se ajusta a los criterios fijados por Llarena en la nueva orden de búsqueda y captura de los golpistas prófugos para resolver el contencioso de los indultados por el Gobierno de Sánchez. Las consideraciones de Llarena en el auto dado a conocer el pasado jueves son una refutación en toda regla de los criterios y las mentiras del Gobierno. Deja claro que en todos los países de nuestro entorno los hechos acontecidos en España en otoño de 2017 son rebelión, alta traición, por ejemplo, en el caso alemán, y con penas, en el caso belga, de entre 20 y 30 años de cárcel. Y también deja claro que no se puede aplicar el delito de desórdenes públicos agravados a los fugados porque aquello fue un golpe de Estado y no una algarada y porque tal delito no existía en el momento en el que se cometieron los hechos.

Pero en la reforma de brocha gorda del Código Penal quedaron muchos flecos pendientes en lo relativo a la malversación, flecos que permiten a Llarena mantener la orden de búsqueda y captura de Puigdemont y una parte de los que aún permanecen huidos. Marchena ha dado un plazo de ocho días a las partes para que presenten sus alegaciones sobre las condenas. A partir de ahí deberá decidir si se mantienen las inhabilitaciones a pesar del fin de la sedición, pero gracias a las grietas de la reforma en lo relativo a la utilización de fondos públicos para intereses golpistas. Magro consuelo que, no obstante, puede atenuar la impunidad de los autores de la asonada.

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