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Ramón Villota Coullaut

Ilegalización de Batasuna

La cuestión que están planteando por diversos políticos y juristas es si la negativa a condenar un atentado puede ser entendida como una forma de apoyo a las acciones terroristas que daría lugar a la consiguiente ilegalización de Batasuna, puesto que entienden que un delito consiste en un hacer: es cierto que aunque hay delitos omisivos en el ámbito penal, lo lógico es que el delito consista en un hacer.

Pero esa interpretación olvida dos factores: en primer lugar, que en este caso no estamos ante un procedimiento penal propiamente dicho, sino ante la aplicación de la actual Ley Orgánica 6/02, de 27 de junio, de Partidos Políticos, que si ha de entrar dentro de un orden jurisdiccional, este es el contencioso-administrativo. Por supuesto que el derecho administrativo sancionador ha de tener en cuenta los principios del Derecho Penal, pero el respeto a principios tales como tipicidad, legalidad o culpabilidad no es contrario a una interpretación más o menos expansiva de la omisión.

En segundo lugar, en el ordenamiento penal existen conductas omisivas que por sus especiales circunstancias pueden conllevar una situación similar a una acción positiva, como lo es, en este caso, la obligación legal que tiene todo partido político de defender los principios democráticos, de acuerdo con nuestra propia Constitución y con la nueva Ley Orgánica de Partidos Políticos.

Ya entonces, tan sólo queda como punto más problemático el de la repetición o acumulación de dichas actividades, recogida en el artículo 9.3 de la indicada Ley Orgánica, para las que se discute si tan sólo es necesario que, como resultas de único atentado, los representantes de Batasuna en las distintas administraciones se nieguen a condenar la acción terrorista –habría reiteración en una única acción terrorista– o si, por el contrario, se requieren diversos atentados con las consiguientes negativas de los representantes de Batasuna a condenarlos. Así, es el concepto de reiteración el que habrá de interpretar la Sala especial del Tribunal Supremo, y de esa respuesta dependerá que Batasuna sea ilegalizada más pronto que tarde.

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