(Libertad Digital) La reforma de la Ley del Menor fue aprobada en la comisión de Justicia del Senado el 23 de octubre, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios. La reforma entra en vigor este jueves tras ser publicada en el BOE.
Según la nueva ley, "el juez de menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos ni por un tiempo superior a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular". Además, la reforma recoge que podrán personarse en el procedimiento como acusadores particulares "las personas directamente ofendidas por el delito, sus padres, sus herederos o sus representantes legales si fueran menores de edad o incapaces, con las facultades y derechos que derivan de ser parte en el procedimiento".