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Entra en vigor la reforma de la Ley del Menor tras ser publicada en el BOE

El Boletín Oficial del Estado publicó este miércoles la reforma de la Ley de Responsabilidad Penal de los menores, que contempla que las víctimas o sus familias puedan personarse como acusación, el endurecimiento de las penas para los delitos especialmente graves, aunque no lo concreta, y que esos menores, al cumplir los 18 años, cumplan el resto de la condena en centros penitenciarios ordinarios.
La reforma de la Ley del Menor 

(Libertad Digital) La reforma de la Ley del Menor fue aprobada en la comisión de Justicia del Senado el 23 de octubre, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios. La reforma entra en vigor este jueves tras ser publicada en el BOE.
 
Según la nueva ley, "el juez de menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos ni por un tiempo superior a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular". Además, la reforma recoge que podrán personarse en el procedimiento como acusadores particulares "las personas directamente ofendidas por el delito, sus padres, sus herederos o sus representantes legales si fueran menores de edad o incapaces, con las facultades y derechos que derivan de ser parte en el procedimiento".
 
Según el texto de la reforma, "evaluada la aplicación de esta ley orgánica, oídos el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio Fiscal, las comunidades autónomas y los grupos parlamentarios, el Gobierno procederá a impulsar las medidas orientadas a sancionar con más firmeza y eficacia los hechos delictivos cometidos por personas que, aún siendo menores, revisten especial gravedad. A tal fin, se establecerá la posibilidad de prolongar el tiempo de internamiento, su cumplimiento en centros en los que se refuercen las medidas de seguridad impuestas y la posibilidad de su cumplimiento a partir de la mayoría de edad en centros penitenciarios".

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