Menú

La Justicia de la UE anula una multa de 14,6 millones de euros a España por la cuota láctea

El Tribunal de Justicia de la UE anuló este jueves una sanción de 14,6 millones de euros que la Comisión Europea impuso a España en 2001, por negligencia en el pago de intereses relacionados con las tasas por la cuota láctea.

L D (EFE) Los jueces comunitarios estimaron, en una sentencia hecha pública este jueves, que Bruselas eligió una base jurídica "errónea" para aplicar esa multa y que "el hecho de que esos intereses se pagaran con retraso o no se hayan abonado aún, no constituye una infracción del Derecho comunitario".

Por el contrario, el Tribunal dio la razón a la Comisión Europea y desestimó otras partes de un recurso presentado por España contra multas en los sectores del aceite de oliva y herbáceos. El Gobierno español impugnó las sanciones en el aceite de oliva, cultivos herbáceos y leche y, según la sentencia, sólo se anulará la corrección relativa a la producción láctea, por lo que España recobrará 14,6 millones de euros. Las multas recurridas en aceite de oliva ascendían a 76 millones de euros; y las de herbáceos, a 183,22 millones.

Respecto a la producción de leche, la Comisión Europea multó a España porque consideraba que estaba obligada a abonar los intereses de la demora en la recaudación del dinero a los ganaderos que sobrepasen la cuota láctea. El Tribunal señala que ha quedado acreditado que las autoridades españolas no recaudaron los intereses de demora y añadió que el retraso o el hecho de que no se hayan abonado esas cantidades no infringe las obligaciones impuestas por el Derecho comunitario.

Añade que la Comisión Europea eligió una base jurídica errónea para fundamentar la sanción y que además "no ha señalado de qué forma contribuyeron las autoridades españolas con su supuesta negligencia a causar una pérdida a los fondos comunitarios". Sin embargo, el Tribunal apoya a la Comisión en unas multas relacionadas con las ayudas a la producción del aceite de oliva: por un lado por deficiencias en el control de subvenciones en Extremadura, Castilla-La Mancha, Madrid y Cataluña, en 1998 y 1999, y por otro, en los apoyos al consumo. Los jueces comunitarios alegan, entre otras razones, que España no ha aportado pruebas suficientes para demostrar que el aceite que recibió ayudas era el que se había producido realmente.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios