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El Gobierno estudia si los inmigrantes autónomos se pueden acoger al arraigo laboral

La secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, mostró este lunes su disposición a evaluar la posibilidad de que los trabajadores inmigrantes por cuenta propia se acojan a la fórmula del arraigo laboral, que prevé el Reglamento de Extranjería para empleados por cuenta ajena que cumplan una serie de requisitos.

L D (EFE) Rumí hizo estas declaraciones a la prensa tras entrevistarse con el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Sebastián Reyna, dentro de la ronda de contactos que mantiene el Gobierno para entregar el proyecto del Reglamento de la Ley de Extranjería. En España hay unos 110.000 trabajadores inmigrantes autónomos dados de alta en la Seguridad Social y la previsión de crecimiento para los próximos años es que se registren de entre 10.000 a 15.000 nuevos cotizantes anuales, estimó Reyna.

Rumí y Reyna insistieron en dejar claro que la disposición transitoria del reglamento -permitirá que durante tres meses se puedan regularizar los inmigrantes que lleven residiendo en España seis meses y tengan un contrato de trabajo- en ningún caso incluye a los que hacen trabajos por su cuenta.

El secretario general de la UPTA, vinculada al sindicato UGT, resaltó entre los aspectos positivos del reglamento el que para ejercer una actividad económica no sea necesario tener ya todas las licencias de apertura del local sino que podrán estar en trámite. Valoró además que baste con que el trabajador inmigrante autónomo demuestre la experiencia profesional en su país o en España para considerar homologada su profesión y poder ejercerla, y que se hayan revisado las condiciones para demostrar la viabilidad económica del proyecto empresarial.

Ahora, explicó, será suficiente con que el inmigrante pruebe que su negocio cubre sus necesidades de vida y no tendrá que disponer de recursos propios además de los "que vengan del negocio", ya que con anterioridad, "todo estaba pensado para empresarios de países no comunitarios que quisieran invertir en España o crear empresas".  Sobre el arraigo laboral, que exige al extranjero llevar viviendo en España al menos dos años y trabajando uno, Reyna explicó que el trabajador autónomo no está contemplado expresamente en el reglamento, pero, a diferencia de la disposición transitoria, "no dice que este arraigo deba ser por cuenta ajena".

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