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Bruselas da al Reino Unido hasta el 2010 para que suprima el régimen fiscal de Gibraltar

La Comisión Europea (CE) ha solicitado formalmente al Reino Unido el desmantelamiento progresivo del régimen fiscal de Gibraltar para las llamadas sociedades exentas antes del fin de 2010, según informó este viernes el Ejecutivo comunitario en un comunicado. Estas sociedades "exentas" no pagan impuesto de sociedades en función de sus beneficios sino que están sujetas a una pequeña tasa fija anual.

La Comisión Europea (CE) ha solicitado formalmente al Reino Unido el desmantelamiento progresivo del régimen fiscal de Gibraltar para las llamadas sociedades exentas antes del fin de 2010, según informó este viernes el Ejecutivo comunitario en un comunicado. Estas sociedades "exentas" no pagan impuesto de sociedades en función de sus beneficios sino que están sujetas a una pequeña tasa fija anual.
L D (EFE) La CE, que en los últimos meses ha mantenido "intensos contactos" con las autoridades británicas sobre este dossier, se declaró "muy optimista" sobre la disposición de Londres a poner fin definitivo al último régimen fiscal extraterritorial de Gibraltar, que Bruselas considera una forma "evidente" de ayuda estatal, contraria a la normativa europea.

Según el mencionado régimen, las sociedades exentas -empresas constituidas en la Colonia que no realizan actividad comercial o empresarial allí, ni cuentan entre sus accionistas con gibraltareños o residentes en ella- no pagan impuesto de sociedades en función de sus beneficios sino que están sujetas a una pequeña tasa fija anual, de entre 225 y 300 libras esterlinas (unos 350 a 500 euros.

El resto de sociedades gibraltareñas sí están sujetas al régimen general de fiscalidad y deben abonar un tipo estándar de impuesto sobre beneficios del 35%, lo que, en opinión de la CE, constituye una "evidente desventaja". La recomendación de la CE a Londres pasa por un desmantelamiento progresivo de este régimen. En primer lugar, el número de beneficiarios del sistema debe limitarse a 8.464 sociedades, es decir, el número de beneficiarios existentes el 31 de diciembre de 2003.

Estas sociedades podrían mantener la protección fiscal sobre sus beneficios hasta el 31 de diciembre de 2010. Sin embargo, si la propiedad o actividad de estos beneficiarios cambiara antes del 30 de junio de 2006, sus beneficios solamente estarían protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007. Si el cambio se produjese después del 30 de junio de 2006, los beneficios fiscales cesarían inmediatamente.

En paralelo, el número de sociedades que se podrán acoger por vez primera al régimen se limitará a un 60% de las sociedades que dejen el régimen en 2005 (hasta un máximo de 823) y a un 50% en la primera mitad de 2006 (hasta un máximo equivalente al número de sociedades acogidas por primera vez en 2005). Los beneficios de estas nuevas sociedades exentas sólo estarían protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007.

Con posterioridad al 30 de junio que 2006, ninguna sociedad podrá acogerse por vez primera al régimen de exención. El Gobierno británico dispone de un mes para aceptar formalmente estas medidas. De no hacerlo así, la Comisión puede abrir un procedimiento formal de infracción. En noviembre de 2002, la CE ya recomendó formalmente a Londres que pusiese fin al régimen fiscal para sociedades exentas gibraltareñas. La novedad en esta ocasión es que el Ejecutivo comunitario ha mantenido "intensos contactos" con las autoridades británicas que le permiten ser "muy optimista" sobre su disposición a cumplir las recomendaciones, según apuntó el portavoz de Competencia de la CE, Jonathan Todd. "Es la primera vez que tenemos la perspectiva de un acuerdo", afirmó Todd.

Además, es la primera vez, en un caso de ayudas de Estado, que Bruselas establece límites estrictos para las sociedades beneficiarias que cambien de propiedad o se dediquen a nuevas actividades. La CE se mostró convencida de que "la aplicación de estas medidas apropiadas limitará el falseamiento de la competencia a su nivel actual y lo reducirá progresivamente al recortar el número de beneficiarios del sistema y delimitar el alcance de sus actividade

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