L D (EFE) Ante la postura de la operadora, la CMT notificó el 16 de mayo a Sogecable apertura de un procedimiento sobre esta cuestión, y el 7 de junio la Comisión recibió escrito de Sogecable en el que comunicaba que desistía del recurso interpuesto contra el requerimiento informativo, que se hizo en el mes de marzo.
La resolución, fechada el 9 de junio, a la que tuvo acceso Europa Press, es consecuencia de la aceptación por la CMT del desistimiento de Sogecable en su recurso contra el requerimiento de información efectuado por la CMT para los fines referidos. Según había argumentado Sogecable en ese inicial recurso, la cantidad de datos solicitada era desproporcionada y su cumplimiento le provocaría perjuicios de difícil reparación.
Sogecable se había negado a entregar los datos requeridos reiteradamente por la CMT y básicos para que el organismo pueda laborar su informe trimestral. Se trataba de datos sobre ingresos desagregados, número de abonados o tipo de contrataciones de pago por visión y que según dijo en su momento el órgano presidido por Reinaldo Rodríguez era básicos para la preparación del informe trimestral. Tras rechazar el recurso del grupo audiovisual a su último requerimiento de información, la CMT recordó hace exactamente un mes a Sogecable que ya no caben más recursos ante el órgano regulador, por lo que tendría que iniciar un proceso contencioso administrativo. Ahora los datos ya no parecen tan importantes y la CMT ha permitido a la empresa que disfruta del monopolio digital que se reserve sus datos.