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La Audiencia de Vizcaya puso a Del Olmo como ejemplo de "lo que no debe ser una investigación judicial"

El juez que investiga los atentados del 11-M, Juan del Olmo, fue puesto por la Audiencia Provincial de Vizcaya como ejemplo de lo que no se debe hacer en una investigación judicial cuando ejercía de juez instructor en Durango. Según publica este martes el diario El Mundo, el juez permitió en el caso Orozco que la Ertzaintza le marcara la pauta de las investigaciones. Se da la circunstancia de que acaban de abrir unas diligencias informativas por si la excarcelación del islamista Saed el Harrak se ha producido por una negligencia del juez o de la fiscal.

El juez que investiga los atentados del 11-M, Juan del Olmo, fue puesto por la Audiencia Provincial de Vizcaya como ejemplo de lo que no se debe hacer en una investigación judicial cuando ejercía de juez instructor en Durango. Según publica este martes el diario El Mundo, el juez permitió en el caso Orozco que la Ertzaintza le marcara la pauta de las investigaciones. Se da la circunstancia de que acaban de abrir unas diligencias informativas por si la excarcelación del islamista Saed el Harrak se ha producido por una negligencia del juez o de la fiscal.
(Libertad Digital) La Audiencia de Vizcaya describió en 1992 el trabajo del juez Juan del Olmo en el caso Orozco como "un diseño acabado de lo que no debe ser una investigación judicial". Además, dedicó al juez instructor otra serie de comentarios –posteriormente ratificados por el Tribunal Supremo– como: "Graves infracciones del sistema de garantías", "...después de una tan dilatada y accidentada instrucción de la causa" o "El Sr. instructor merece una clara reprobación".
 
La noticia que publica este martes el diario El Mundo viene al caso, ya que el Consejo General del Poder Judicial y la propia Audiencia Nacional acaban de abrir unas diligencias informativas por si la excarcelación del islamista Saed el Harrak, procesado por los atentados de Madrid se ha producido por una negligencia del juez o de la fiscal del caso, Olga Sánchez, que no se dieron cuenta de que vencía el plazo máximo de prisión provisional para el marroquí.
 
Entre noviembre y diciembre de 1992, los periódicos del País Vasco recogieron las descalificaciones contra la actuación de la Ertzaintza y del juez durante la investigación del caso Orozco, que buscaba esclarecer la muerte del guarda forestal Aureliano Letona, que tras recibir golpes y ser objeto de vejaciones finalmente apareció muerto en un río. Entonces, siete personas fueron condenadas a un año de cárcel y otra a seis meses.
 
Infracciones del sistema de garantías
 
Aún así, las descalificaciones más importantes quedaron reflejadas en la sentencia elaborada por los magistrados Joaquín Giménez, Ana Rodrigo y Miguel Escanilla en el apartado de los fundamentos jurídicos: Razones de nulidad de algunas pruebas sumariales.
 
Éste afirma que "una valoración de los hechos expuestos pone de manifiesto la existencia de graves infracciones del sistema de garantías que constituyen el proceso penal, causantes de indefensión". Además añade que "las investigaciones que llevaba la Policía y el papel formalmente autorizante adoptado por el Sr. juez de instrucción, todo ello ofrece un diseño acabado de lo que no debe ser una investigación judicial".

Lo más sorprendente de todo –explica El Mundo– fue cuando el juez instructor permitió que recibieran la condición de testigos quienes debían considerarse imputados. Pero además, en la sentencia relativa al caso Orozco, la Audiencia de Vizcaya dedica un apartado a lo que llama "Autorización a que los Agentes Policiales visitaran a los presos en el Centro Penitenciario por delegación del juez a pretexto de interesarse por su salud", algo que recuerda notablemente a  la situación que se produjo en la instrucción del sumario del 11-M con el imputado Rafá Zouhier, cuando unos guardias civiles visitaron al confidente marroquí en la cárcel con la intención de que cambiara algunas de sus declaraciones.

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