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Los funcionarios de la Generalidad catalana tendrán un mes de permiso de paternidad

El Parlamento de Cataluña aprobó por unanimidad la ley de conciliación de la vida laboral y familiar del personal de las administraciones públicas, por la que los funcionarios de la administración de la Generalidad y ayuntamientos catalanes podrán disponer de un mes de permiso de paternidad una vez concluidas las 16 semanas de las que disfrutan las madres tras dar a luz. Los funcionarios que soliciten ese permiso recibirán su sueldo íntegro. El consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, Xavier Sabaté, presentó la norma en el pleno y aseguró que se adecua a lo que establece el nuevo Estatuto.

El Parlamento de Cataluña aprobó por unanimidad la ley de conciliación de la vida laboral y familiar del personal de las administraciones públicas, por la que los funcionarios de la administración de la Generalidad y ayuntamientos catalanes podrán disponer de un mes de permiso de paternidad una vez concluidas las 16 semanas de las que disfrutan las madres tras dar a luz. Los funcionarios que soliciten ese permiso recibirán su sueldo íntegro. El consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, Xavier Sabaté, presentó la norma en el pleno y aseguró que se adecua a lo que establece el nuevo Estatuto.
L D (Agencias) La nueva ley no distingue a los beneficiarios entre matrimonios de heterosexuales u homosexuales ni parejas de hecho reconocidas y se ofrece el mismo permiso tanto para hijos biológicos como para adopciones o menores en situación de acogida, siempre que se tenga la custodia legal del niño y la madre trabaje.
  
También podrá acceder a este permiso la madre cuando el padre no tenga la custodia legal o haya fallecido, añadiéndose a su propio permiso por maternidad, ya sean solteras, separadas, divorciadas o viudas, siempre y cuando tengan la custodia exclusiva.
  
En total, podrán optar a este permiso 230.000 personas, de las cuales 140.000 trabajan para la Generalidad y 80.000 en los ayuntamientos catalanes. También se podrán acoger a esta medida los trabajadores de las empresas públicas en las que el Gobierno regional tiene una presencia superior al 50% y el personal no docente de las universidades.
  
El consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, Xavier Sabaté, presentó la norma en el pleno y aseguró que se adecua a lo que establece el nuevo Estatuto en materia de "protección a las familias". La ley amplía los supuestos para pedir un permiso retribuido de varios días, que se podrán reclamar por matrimonio o "inicio de convivencia en el caso de uniones estables de pareja", propio o "de un familiar", por maternidad y paternidad, adopción, acogida, para atender a hijos prematuros o discapacitados, permisos prenatales, y permisos para las mujeres por situaciones de violencia de género.
 
Excedencias por violencia doméstica
 
De hecho, otra de las novedades que incluye la norma son medidas para las funcionarias que sean víctimas de violencia doméstica, a las que se les ofrecen permisos y excedencias sin límite de tiempo, además de preferencia para la movilidad laboral, en aplicación de la nueva legislación estatal.
  
Además, se amplía la reducción de jornada en un tercio cobrando el 100% de las retribuciones por maternidad o paternidad después de estos permisos, con una duración máxima de un año, mientras que hasta ahora esta reducción sólo era posible hasta que el niño tuviera un año de edad.
  
Las madres funcionarias podrán escoger su permiso a tiempo parcial si lo prefieren durante 16 semanas ininterrumpidas y ampliables en caso de parto o adopción múltiple, con dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El padre podrá hacer uso de este permiso, o de lo que quede de él, en caso de fallecimiento o enfermedad incapacitante de la madre.
 
Se amplía la reserva de empleo
  
La nueva normativa tiene en cuenta el número de hijos y en caso de parto o adopción múltiple, el permiso por nacimiento, adopción o acogida del padre pasa de los cinco días hasta 15 días laborables. Se amplía también la reserva del lugar de empleo hasta 3 años, en excedencia voluntaria, para el cuidado de los hijos o de personas dependientes, que ahora era de un año.
  
La unificación de estas medidas en una sola ley permitirá que se beneficien de estos cambios no sólo el personal al servicio de la administración de la Generalidad sino también el resto de personas que prestan servicio en las distintas administraciones, organismos estatutarios y el sector público en general en Cataluña.
  
Esto incluye a los trabajadores de la Generalidad y sus organismos dependientes, a los funcionarios al servicio de los entes locales, entidades y organismos que dependen de ellos y empresas públicas participadas mayoritariamente, al personal no docente al servicio de universidades públicas catalanas, al personal del Parlament de Cataluña y a los funcionarios que trabajan en consorcios, fundaciones y otros entes participados en más de 50% por alguna de estas administraciones.

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