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Ruiz Moragas sólo tendrá derecho a usar el apellido Borbón, pero no el título de Infante de España

La dirección general de Registros y del Notariado considera que el auto del Registro Civil de Madrid en el que se reconoce que Leandro Ruiz Moragas puede utilizar el apellido de De Borbón "no ha de producir otro efecto que el del reconocimiento de filiación expresado y el cambio de los apellidos".

L D (EFE) En un comunicado hecho público este viernes, la dirección general explica que "el régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes se regula" por un Real Decreto de 1987, que derogó normas anteriores a la Constitución en materia de tratamiento. En sus disposiciones transitorias el Real Decreto refiere las personas que deben ser objeto de títulos, tratamientos y honores y entre ellas no se encuentra Leandro De Borbón, dice el comunicado.

El comunicado de la Dirección General de Registros y Notarias en el que informa de que el Registro Civil de Madrid ha estimado la petición de Leandro Ruiz de que conste en su acta de nacimiento que es hijo de Alfonso XIII y, por tanto, le reconoce el derecho de ostentar los apellidos De Borbón Ruiz, dice lo siguiente:

"El Registro Civil de Madrid ha resuelto, por auto del pasado día 21, el expediente gubernativo incoado por Don Leandro Alfonso Ruiz Moragas y estimado su petición de que se hiciese constar en el acta de su nacimiento que es hijo de su Majestad D. Alfonso de Borbón y Austria y, por tanto, que los apellidos que había de ostentar en lo sucesivo debían ser De Borbón Ruiz". "La Constitución Española instauró como forma política del Estado la de la Monarquía parlamentaria y estableció que la Corona de España sería hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I De Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica".

"El sistema jurídico que encabeza dicha norma, que es el que ha hecho posible obtener el reconocimiento de este derecho a Don Leandro Alfonso De Borbón Ruiz, establece asimismo las rigurosas condiciones a que deben someterse los títulos, dignidades y tratamientos de la Familia Real, que se considera encabezada por Su Majestad el Rey Don Juan Carlos De Borbón y Borbón". "Por esa razón, el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, en sus disposiciones transitorias hizo reconocimiento expreso del título, tratamiento y honores que correspondían a los padres de su Majestad el Rey y a sus hermanas y para los miembros de la Familia Real, que en la fecha del Real Decreto tuviesen reconocido normativamente (Decreto 3226/72)", dice el comunicado.

"A la vista de ello, y no encontrándose don Leandro Alfonso entre las personas a que se refiere el Real Decreto, el auto del Registro Civil de Madrid no ha de producir otro efecto que el del reconocimiento de filiación expresado y el cambio de los apellidos Ruiz Moragas por los de Borbón Ruiz, así como la constancia registral de tales hechos, sin que sean de aplicación en materia de tratamiento normas pertenecientes a sistemas distintos del constitucional, derogados expresamente por el Real Decreto citado", concluye la nota".

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