








El artículo 72 de la Constitución de Venezuela de 1999 regula la posibilidad de destituir a cualquier cargo y magistratura de elección popular: “Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referéndum para revocar su mandato”. En virtud de esta previsión constitucional, y tras la aplastante victoria de la oposición al chavismo en las elecciones legislativas del 6 de diciembre de 2015, se inició un proceso de referendo revocatorio el 26 de abril de 2016. De cumplirse con la normativa constitucional, se espera que su activación y ejecución formal tenga lugar a finales de dicho año. No obstante, Nicolás Maduro está haciendo todo lo posible por que tal referendo no se celebre, haciendo uso de la fuerza cuando lo ha considerado necesario y de amenazas a los promotores del revocatorio. El 1 de septiembre cientos de miles de venezolanos se manifestaron en Caracas convocados por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para para pedir el revocatorio pese a las amenazas y maniobras del régimen.