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El Gobierno unifica en los juzgados de lo Social todos los litigios laborales

El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley que permitirá que los juzgados de lo Social entiendan de todo lo relacionado con los asuntos laborales, en los que actualmente intervienen también el orden Civil y Contencioso-administrativo.

Según explicó el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, esta reagrupación reforzará "la seguridad jurídica y la confianza en nuestro sistema de derecho", cuestiones que consideró "fundamentales" en el proceso de recuperación de la economía.

Por otra parte, conllevará la simplificación de trámites, ahorrará costes a empresas y ciudadanos y dará una respuesta más ágil a los ciudadanos, al tiempo que evitará que se produzcan dudas interpretativas acerca de qué juez es competente y pondrá fin a situaciones de incertidumbre "favoreciendo un tratamiento homogéneo por parte de los jueces".

Caamaño consideró que, además, la concentración en lo Social de materias ahora conocidas por juzgados de lo Civil o Contencioso-Administrativo evitará lo que algunos califican de "peregrinaje jurisdiccional".

En virtud del Anteproyecto de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, los tribunales de este orden jurisdiccional asumirán todos los asuntos relativos a accidentes laborales, seguridad e higiene en el trabajo, prestaciones públicas y vulneración de derechos en el ámbito laboral, especialmente acoso y discriminación. Quedarán excluidos los casos penales, los litigios sobre recaudación de la Seguridad Social y las excepciones concursales.

A modo de ejemplo, el ministro explicó que, actualmente, en el caso de un trabajador que ha sufrido un accidente laboral y quiere hacer valer sus derechos tiene que iniciar un primer pleito social contra el empresario y si quiere cobrar una indemnización mayor tiene que acudir la vía civil. Además, si al empleador la Inspección de Trabajo le ha sancionado, entonces, el accidentado tendrá que acudir a lo contencioso administrativo si no está conforme con la sanción.

Esta situación se repite en los casos de abuso sexual, ya que si el acosador es el empleador directo, la víctima debe recurrir a la vía Social, mientras que si es un compañero o un tercero dentro del marco de la relación laboral debe acudir al juez civil o de otro orden.

Según informó Justicia, la reforma permitirá dar una respuesta integral y especializada, al tiempo que aportará agilidad y eficiencia al evitar duplicidades, gastos y complejidades innecesarias.

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