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El PSOE incrementa la presión para cercar a Alaya

Presenta una queja en el CGPJ de que la juez de los ERE ha "arrojado sombras de sospecha" sobre el Parlamento andaluz.

El presidente del Parlamento andaluz, Manuel Gracia (PSOE), elevó ayer una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por los dos autos emitidos el pasado mes de marzo por la juez que investiga el caso de los ERE, Mercedes Alaya, en los que pedía investigar el papel de la Cámara ante las irregularidades. Según Gracia, la juez Alaya ha arrojado sombras de sospecha sobre el Parlamento andaluz, que tiene que ser inviolable incluso para los jueces.

La queja se refiere, relata EFE, a que Alaya en sus autos instaba a la Intervención General del Estado a indagar sobre "qué pudo conocer" la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz --actual Comisión de Hacienda y Administración Pública-- "sobre las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General".

El primero, dictado el 3 de marzo, fue inmediatamente recurrido por la Fiscalía Anticorrucpión, ante lo que la magistrada dictó una nueva providencia el día 13 en la que "acotó el objeto de examen a dicha comisión" y no a la totalidad del Parlamento andaluz.

Recuérdese que fueron todos los altos cargos de la JUnta los que declararon que lo que hicieron estuvo siempre avalado por la aprobación del Parlamento andaluz, que conocía año trasa año de los presupuestos donde se incluía la partida llamada "fondo de reptiles".

El escrito enviado por Gracia asegura que "las comisiones son también Parlamento" y señala que el juicio que realiza la instructora sobre los diputados en el ejercicio de sus funciones con ocasión de la aprobación de la Ley de Presupuestos "se antoja cuanto menos gratuito", por lo que subraya la importancia de que los andaluces conozcan que "sus representantes, independientemente de la complejidad técnica de los asuntos que tratan, están siempre debidamente asesorados".

"Todo ello sin contar que, como es notorio para cualquier operador del Derecho, los efectos jurídicos de la Ley de Presupuestos respecto a los créditos que contiene se traducen en una mera autorización de gasto para el Ejecutivo, que éste puede ejecutar o no", destaca la queja, que subraya que, a la vista de ello, "difícilmente el Parlamento puede considerarse responsable del uso y la gestión que posteriormente se haga de dicha autorización".

El escrito de queja cuestiona que la juez Alaya "pretenda someter a investigación la actividad del Parlamento en la tramitación de un concreto procedimiento legislativo, el del Proyecto de Ley de Presupuestos, sin tener en cuenta estos matices" y considera "improcedente" que insista en la necesidad de un peritaje de la Intervención General del Estado para determinar "qué pudo conocer la Comisión de Economía y Hacienda de las irregularidades que estaban cometiendo", algo que considera que "los jueces y tribunales deben conocer por sí mismos".

Junto a ello, recuerda que los jueces y tribunales "carecen de propia jurisdicción sobre las opiniones expresadas por los parlamentarios en el ejercicio de sus funciones --inviolabilidad--", ya que advierte de que "si no fuera así, la libre formación de la voluntad del Poder Legislativo desaparecería".

En este sentido, sostiene que "un juez no puede investigar el trabajo del Parlamento en el marco de un procedimiento penal ni siquiera para delimitar la responsabilidad de terceros", sino que puede utilizar "exclusivamente en sus resoluciones los trabajos de la Cámara, la documentación enviada por el Gobierno, sus leyes, mociones, proposiciones y demás instrumentos que son objeto de publicación para conocimiento generalizado y demás efectos", de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Además recuerda que el artículo 100.2 del Estatuto de Autonomía establece que "el Parlamento de Andalucía es inviolable", lo que supone "un principio general de protección de la institución parlamentaria, como reconocimiento de la importancia fundamental del poder legislativo, que se traduce en la previsión constitucional y estatutaria de que los parlamentos no puedan ser interferidos ni coaccionados en sus propias funciones".

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