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El diálogo en Honduras se enmaraña en desmentidos y contradicciones

El diálogo sobre la crisis política de Honduras ha caído en contradicciones, confirmaciones y desmentidos entre las comisiones de Zelaya y Micheletti, sobre la consecución o no de un acuerdo. El punto más crítico es el referido a la restitución del destituido ex presidente. (Volver)

incoMODO dijo el día 16 de Octubre de 2009 a las 14:49:56:

El Informe de los asesores del DAP de la ONU y la "minimizacion" de Ban Ki-Moon con prisas para "llegar a un acuerdo y no distraerse".

El Secretario General, en un comunicado oficial tratando de minimizarlo, admitió que sí existe un informe realizado por asesores del Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas.
La posición del Secretario o la del portavoz de Secretario General de mantener la posición de condenar el golpe o la destitución de Zelaya, es correcta, porque una resolución de la Asamblea General limita el accionar de la Secretaria, ya que sus acciones se limitan al cumplimiento de resoluciones de parte de sus Órganos.
Pero el informe existe y fue elaborado por "un equipo consultor", cumpliendo las resoluciones que asumió la Asamblea el pasado 01 de julio que condenó a Honduras, condena que fue motivada por situaciones políticas.
El informe donde concluye que la destitución del ex presidente Manuel Zelaya, "fue constitucional y de acuerdo las leyes del país", fue elaborado bajo la coordinación del Departamento de Asuntos Políticos, cumpliendo una resolución de la Asamblea General, pero el resultado se opone a la Resolución de sus Estados miembros, por lo que ahora han decidido ocultarlo o minimizarlo.
Las reacciones que provocó la difusion de la información contenida en dicho informe y sus conclusiones, explican que tras las intenciones de minimizar o negar la existencia de este documento, o de hacerlo público, es evitar confrontaciones al más alto nivel de éste organismo multinacional, considerando que el estudio es el resultado de una petición de la misma Asamblea General.

La resolucion de la ONU se tomo precipitadamente y sin base legal.

La resolución de la ONU que incluyó condenas contra Honduras y que demandaba "la inmediata e incondicional restauración del Gobierno legítimo y constitucional del Presidente de la República Don José Manuel Zelaya Rosales y de la autoridad legalmente establecida de Honduras", lo hizo sin antes entender claramente lo que había sucedido en Honduras.
La resolución GA/Res/63/301 adoptada el 1 de Julio de 2009, fue aprobada políticamente sin contar con una base jurídica o técnica. Además la resolución se tomo en contra del Artículo 2 numeral 7 de la Carta de la ONU que establece que "ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta”.
La Asamblea en su resolución en su punto número 5, Solicita al Secretario General que la informe oportunamente sobre el desarrollo de los acontecimientos en ese país, además de las condenas generalizadas, promovidas por el presidente de la organización que dirigió Miguel D`Escoto, sin ninguna justificación jurídica.
Esta solicitud en la norma de la misma resolución de la Asamblea es la razón por la cual la propia secretaría a través del Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas contrato consultores para que junto a su personal se asesorara sobre la situación en Honduras.
Los consultores o el consultor que elaboró el informe sobre la crisis en Honduras, pagados por la ONU, tienen nombres, son personas de altísima honorabilidad y credibilidad que ganan miles de dólares. El informe esta allí y si pagaron por su elaboración, ahora solo falta que lo publiquen y admitan un error cometido por la Asamblea.
Estos consultores, bajo la coordinación del Departamento, coincidieron en el informe que la remoción de Zelaya fue constitucional, sin embargo ya que se opone directamente a una Resolución de sus Estados miembros, ahora quizas decidan enterrarlo, pero de eso ya conoce el Consejo de Seguridad.
El informe tiene su curso y ya está en el Consejo de Seguridad y han admitido su existencia, aunque no lo quieren hacer público, pero ya se sabe la resolución principal, que además coincide con el estudio elaborado por la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos.

(Fuente: hondudiario)

MRRSJ dijo el día 15 de Octubre de 2009 a las 14:55:29:

Constitución de Honduras

ARTICULO 4.- La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinación.

La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.

La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.

ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:
(...)
5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República;

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