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Ruz rechaza el careo Cabanillas-Germán para aclarar sus contradicciones

El juez se ratifica en su decisión de no citar a Camacho, número dos de Rubalcaba.

El juez Pablo Ruz ha rechazado celebrar un careo entre Carlos Germán, jefe del operativo que iba a realizar en 2006 la operación policial contra la red de extorsión de ETA, y su superior, el responsable de la Unidad Central de Inteligencia (UCI), José Cabanillas, por sus declaraciones contradictorias sobre el chivatazo a ETA.

El magistrado de la Audiencia Nacional adopta estas decisiones en tres autos en los que confirma su decisión de no citar a declarar al secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, y también se opone a citar por el momento a Carlos Germán, al que se encargó la investigación del chivatazo, a la espera de nuevas diligencias.

En otro de estos autos, Ruz remite al juzgado de instrucción de Madrid que corresponda el testimonio abierto sobre las filtraciones a El Mundo de la parte secreta de la causa en la que investiga el chivatazo que alertó a ETA sobre una operación policial contra su red de extorsión en mayo de 2006 y que el fiscal Carlos Bautista consideró que su origen era policial.

Respecto al careo, solicitado por Dignidad y Justicia, el juez argumenta que "pese a la divergencia de los testimonios" de Germán y Cabanillas "la práctica de otras diligencias" ya acordadas aclararán estas contradicciones "sin necesidad de acudir a la práctica de una diligencia de instrucción como la del careo, la cual nada adicional aportaría".

No obstante, entiende que el "sorpresivo" testimonio de Cabanillas sobre que Germán trató de borrar "la grabación que podría servir de prueba para acreditar la filtración policial aquí investigada" es "una imputación de entidad y gravedad evidente y que no puede ser pasada por alto".

Critica por ello que Cabanillas haya esperado "cuatro años y nueve meses" para aportar unos datos que "de ser ciertos podrían ser constitutivos de un delito" y por lo tanto debería haberlos denunciado porque según el artículo 408 del Código Penal existe sanción penal para el funcionario que no promueva "la persecución de los delitos de que tuvieran conocimiento".

Destaca además a este respecto que el artículo 458 del Código Penal "sanciona como delito la conducta consistente en faltar a la verdad en el testimonio prestado por el testigo en causa judicial", por lo que corresponderá al tribunal que juzgue estos hechos "una eventual deducción de testimonio por falso testimonio", ya que el legislador "le da la última oportunidad al testigo para rectificar o retractarse en sede de juicio oral".

Sobre el resto de contradicciones, Ruz considera que "ninguna de ellas versa sobre aspectos de relevancia central o capital" y "en modo alguno" pueden motivar una diligencia como la del careo, que estima inútil e innecesaria a los fines de la investigación del chivatazo.

Sobre el recurso interpuesto por Dignidad y Justicia contra la decisión del juez de no llamar a declarar al número dos de Interior, Ruz insiste en que las llamadas que Camacho intercambió el día que se produjo el chivatazo con los tres imputados –el ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, el Jefe Superior de Policía del País Vasco Enrique Pamiés y el inspector de la Brigada de Información de Álava José María B.– forman parte de lo normal durante una operación antiterrorista en ciernes.

Las comunicaciones entre Camacho y el director general de la Policía "se producen dentro del cauce ordinario y orgánico que vincula a ambos cargos oficiales", por lo que reitera que "no existe base suficiente (...) para poder presumirse, con mínima solidez o rigor indiciario, que tales contactos telefónicos" se salieran del "normal proceder"

Sobre llamar a declarar como testigo a Carlos Germán, tal y como pedía la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), señala que "no ha lugar a decretar" esa diligencia "al presente estadio procesal, debiendo de estarse a la espera de la total cumplimentación por el equipo investigador del conjunto de diligencias que le han sido encomendadas".

En ese momento el juez determinará "la pertinencia de que el citado funcionario, por sí o en compañía de los restantes miembros del equipo investigador, pueda ser citado nuevamente para comparecer en calidad de testigo".

De las filtraciones, el juez ordena investigar las filtraciones a "El Mundo" y "respecto a las restantes filtraciones que han venido acaeciendo en diversos medios de prensa" de la parte secreta del sumario "y respecto a las que no se han evacuado hasta el momento concretas peticiones de las partes personadas" se pedirá informe al fiscal cuando se levante el secreto de esas actuaciones.

Sobre la petición de Pamiés de dejar sin efecto las diligencias realizadas por Germán y su equipo y de que se le sustituya, el juez se opone "por carecer de sustancia".

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