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El Supremo anula la absolución de Atutxa por negarse a disolver a los herederos de Batasuna-ETA en la Cámara vasca

La decisión del TSJPV que absolvía a Juan María Atutxa por negarse a disolver, como presidente de la Cámara vasca, el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak, ha sido revocada por el Supremo. El Alto Tribunal ha decidido aceptar el recurso contra la sentencia de los jueces vascos que presentó el colectivo de funcionarios Manos Limpias. Además, el auto ha acordado, por unanimidad, la competencia del TSJ en el caso. Atutxa fue absuelto hace un año de un delito de desobediencia por negarse a disolver a los herederos de Batasuna-ETA en el Parlamento que él presidía. Mientras, De Juana Chaos ha comenzado otra falsa huelga de hambre para "conseguir nuevos objetivos".

La decisión del TSJPV que absolvía a Juan María Atutxa por negarse a disolver, como presidente de la Cámara vasca, el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak, ha sido revocada por el Supremo. El Alto Tribunal ha decidido aceptar el recurso contra la sentencia de los jueces vascos que presentó el colectivo de funcionarios Manos Limpias. Además, el auto ha acordado, por unanimidad, la competencia del TSJ en el caso. Atutxa fue absuelto hace un año de un delito de desobediencia por negarse a disolver a los herederos de Batasuna-ETA en el Parlamento que él presidía. Mientras, De Juana Chaos ha comenzado otra falsa huelga de hambre para "conseguir nuevos objetivos".
L D (Europa Press) El Tribunal Supremo ha acordado este martes por unanimidad estimar el recurso presentado por el sindicato de funcionarios Manos Limpias y anular la absolución del ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, al entender que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) es competente para estudiar el caso y decidir si cometió o no un delito de desobediencia al negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak por orden del alto tribunal.
 
El Tribunal Supremo ha informado de que la Sala, presidida por Juan Saavedra y compuesta por Perfecto Andrés Ibáñez, Andrés Martínez Arrieta, Siro García y Julián Sánchez Melgar, decidió devolver las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia vasco para que vuelva a dictar sentencia contra Atutxa, el ex parlamentario de EA Gorka Knörr y la representante de EB Kontxi Bilbao, como solicitaba Manos Limpias. El TSJ vasco absolvió a los tres imputados al entender que gozaban de inviolabilidad parlamentaria y que habían actuado en el marco de sus funciones en la Mesa del Parlamento autonómico. En los próximos días se conocerá el contenido íntegro de la resolución adoptada.
 
Negarse a obedecer al Supremo
 
En la vista celebrada este martes, el abogado de Manos Limpias, Jaime Alonso, sostuvo que los acusados no estaban protegidos por la inmunidad parlamentaria. En su opinión, "negarse abiertamente a cumplir" una resolución del Tribunal Supremo "no puede estar protegido por la inviolabilidad parlamentaria", ya que ésta sólo se refiere a las opiniones manifestadas por los representantes públicos en el ejercicio de sus funciones.
 
Además, se opuso a que el TSJPV fundamentase la inviolabilidad parlamentaria de los acusados en el Estatuto de Autonomía del País Vasco. Según el sindicato, la absolución de los parlamentarios vascos supondría que estos son "inmunes e impunes" a la Constitución Española y que gozarían de derechos "distintos" a los de los representantes políticos del resto de españoles.
 
El fiscal pedía su absolución  
 
Por el contrario, el fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, solicitó a la Sala que confirmase la absolución de los tres parlamentarios vascos por negarse a disolver Sozialista Abertzaleak, como ordenaba el alto tribunal al considerarlo sucesor de Batasuna. El representante del Ministerio Público pidió la desestimación del recurso presentado por Manos Limpias y se remitió a su informe, en el que entendía que los procesados gozaban de inviolabilidad parlamentaria y que sus actos fueron llevados a cabo en el ejercicio de su cargo.
 
Además, sostiene que los acusados no incurrieron en responsabilidad penal puesto que sus actos no cumplen los requisitos exigidos por el Tribunal Supremo para que sus actos sean constitutivos de un delito de desobediencia, como son la "rebeldía" o una "pertinaz postura de pasividad" respecto a las decisiones judiciales.
 
Proteger la autonomía parlamentaria
 
Por su parte, el abogado de los acusados, Alberto Figueroa, pedía al alto tribunal que confirmase la sentencia del TSJPV porque los actos de los representantes de la Cámara vasca estaban encaminados a "proteger" la autonomía parlamentaria. El letrado criticó que el recurso de Manos Limpias sostenga que no se juzga a los parlamentarios por "opinar", sino por "desobedecer" las órdenes del Tribunal Supremo. Sin embargo, Figueroa afirmó que los actos de sus defendidos están "irrescindiblemente unidos" a su opinión como parlamentarios, protegida por su inviolabilidad como representantes autonómicos.
 
Además, aseguró que los procesados estaban "atados de pies y manos" para obedecer la orden del Tribunal Supremo, ya que la Junta de Portavoces del Parlamento autonómico aprobó una resolución que se oponía a la disolución del partido abertzale, "y la Mesa no podía actuar contra la Mesa de Portavoces".
 
El alto tribunal había suspendido la vista del recurso contra la absolución el pasado mes de junio ante la recusación presentada por los imputados contra dos de los magistrados que iban a estudiar el caso, José Manuel Maza y Luis Román Puerta. Ambos, tras tener constancia del incidente de recusación, presentaron sendos escritos, aceptados por el tribunal, en los que se abstenían de participar en la resolución del recurso, al entender justificado el motivo alegado de que ambos habían formado parte de la Sala del 61 que ilegalizó Batasuna, en marzo de 2003.

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