
Viajar por Europa con animales de compañía cambiará ligeramente a partir del 22 de abril de 2026. La Comisión Europea aprobó el pasado 20 de enero un nuevo reglamento delegado que actualiza las normas sobre los movimientos no comerciales de mascotas dentro de la Unión, es decir, cuando los propietarios viajan con sus animales sin fines de venta o actividad profesional.
La nueva normativa afecta a perros, gatos, hurones y aves de compañía. La intención, según la Comisión Europea, es reforzar la prevención y el control de enfermedades transmisibles entre animales y humanos y simplificar el marco regulador existente.
Perros, gatos y hurones
En el caso de perros, gatos y hurones, se mantienen las obligaciones ya conocidas: los animales deberán estar correctamente identificados mediante microchip, o mediante tatuaje siempre que este se haya realizado antes del 3 de julio de 2011.
También seguirá siendo obligatoria la vacunación antirrábica, así como el tratamiento canino contra el parásito Echinococcus multilocularis, además de la exigencia de viajar con documentación válida, como el pasaporte europeo para animales de compañía o el correspondiente certificado sanitario.
El texto legal contempla asimismo exenciones específicas en situaciones excepcionales, como emergencias o catástrofes naturales, con el objetivo de facilitar el traslado de animales cuando las circunstancias lo requieran y evitar abandonos.
Aves de compañía
En cuanto a las aves de compañía, la nueva norma introduce límites más claros. Se permitirá el movimiento no comercial de un máximo de cinco aves por desplazamiento, todas ellas identificadas mediante sistemas permanentes y legibles (la anilla). Además, se refuerzan las medidas de prevención frente a la gripe aviar, que podrán incluir periodos de aislamiento, controles sanitarios previos y, en determinados casos, vacunación, en función del nivel de riesgo sanitario existente.
Otro de los aspectos destacados del nuevo reglamento es la inclusión de disposiciones transitorias para evitar problemas a los propietarios que ya disponen de documentación en regla. De este modo, las identificaciones y los documentos expedidos antes del 22 de abril de 2026 seguirán siendo plenamente válidos, sin necesidad de repetir trámites ni actualizar registros.

