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Laporta ataca al juez Aguirre tras ser imputado por los pagos del FC Barcelona a Negreira: "Es activismo judicial"

En un recurso, al que ha tenido acceso LD, la defensa de Joan Laporta afirma que no se le puede investigar al estar los hechos ya "prescritos".

En un recurso, al que ha tenido acceso LD, la defensa de Joan Laporta afirma que no se le puede investigar al estar los hechos ya "prescritos".
El presidente del F.C. Barcelona, Joan Laporta. | Javier Borrego / Afp7 / Europa Press

El presidente del F.C. Barcelona, Joan Laporta, ha atacado al juez del caso Negreira tras imputarle por los pagos que efectuó durante su presidencia al que fuera vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira. El pasado 18 de octubre, el titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, acordó la imputación de Laporta por un delito de cohecho.

En un recurso de 38 páginas remitido a la Audiencia Provincial de Barcelona, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la defensa de Laporta denuncia la "falta de motivación" y "el sorprendente giro efectuado por el magistrado" para imputarle en el procedimiento afirmando que puede "representar una vulneración del derecho un juez imparcial".

"El magistrado instructor ha cambiado el criterio sin ofrecer ninguna explicación justificativa de esta decisión y eso sí, después de descalificar explícitamente la presunción de inocencia y la calidad ética de Joan Laporta", apunta el escrito.

"Cuando el cambio de criterio no está motivado", añade, "cuando se da por asentado en méritos de la propia resolución novadora, se genera la apariencia de que lo mismo puede ser más fruto de un acto de activismo judicial que de unas necesidades objetivas ya que la novación de criterio no se entiende como el resultado de una interpretación evolutiva de los hechos o de las circunstancias sino de razones hermenéuticas ajenas por completo a la apariencia de imparcialidad que exige la función jurisdiccional". Cabe destacar que el "activismo judicial" se atribuye a aquellos magistrados que toman decisiones conforme a sus ideas y no a una fiel interpretación de la Ley.

El escrito destaca que "no es posible pretender imputar hechos ocurridos durante varias presidencias y juntas directivas del club cuando los hechos han ido variando. En este sentido es especialmente relevante que los pagos no son los mismos durante los diversos mandatos, por esta razón, esta defensa se formula la siguiente pregunta: ¿Cómo se puede afirmar que Joan Laporta aceptó que con posterioridad a su presidencia se abonaran cantidades superiores a las que se habían efectuado durante su mandato? Únicamente se puede hacer responsable a Joan Laporta de los hechos ocurridos desde que él presuntamente podría haber participado, en ningún caso, nunca por hechos posteriores a su presidencia".

Según un informe de la Agencia Tributaria, el Barcelona pagó a Negreira y su hijo 67.625 euros en 2004. En 2005, las transferencias se redujeron a 29.629 euros, pero, al año siguiente, aumentaron un 229% hasta situarse en 117.276 euros. Posteriormente, los abonos del Barça al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros siguieron aumentando, situándose en 209.500 euros en 2007, 223.555 euros en 2008, 331.062 euros en 2009 y 477.222 euros en 2010. En total, Laporta habría pagado aproximadamente 1.455.869 euros a Negreira durante su presidencia.

La prescripción del delito imputado a Laporta

Según la defensa del presidente del Barça, "no puede entenderse un delito continuado entre Juntas directivas del F.C. Barcelona diferentes, sino que deberíamos encontrarnos con tres delitos continuados, uno por cada Junta. En el caso que nos ocupa, la última infracción que se podría atribuir a Joan Laporta sería el último pago efectuado en su Junta, esto es, como máximo en fecha 15 de junio de 2010. Asumiendo que la última infracción se realizó el 17 de julio de 2018 tal y como erróneamente, al entender de esta parte, establece el instructor, el delito estaría prescrito también".

"Por todo ello, y sin entrar a valorar el fondo de los hechos objeto del presente procedimiento que se imputan a Joan Laporta, con la tranquilidad de que los mismos en ningún caso serían constitutivos de ningún delito, cabe concluir que no es posible investigar a nuestro patrocinado por estar los hechos relacionados con él prescritos. Siendo ésta una cuestión, a juicio de esta parte, no controvertida", concluye el escrito.

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