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Un tribunal sentencia por primera vez que la entrega de llaves salda la hipoteca

La Audiencia Provincial de Navarra obliga al banco a quedarse con el piso y permite al cliente no pagar el resto del préstamo. (Volver)

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Harland8 dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 09:01:43:
Me dedico profesionalmente al Derecho. He leído (y comentado) esta sentencia en otros medios, con estupor, no por el contenido sino por el sentido que se le ha querido dar.

Tal y como está redactada da lugar a equívocos y es puro sensacionalismo:

1) Se trata de un caso puntual que NO es extensible a la generalidad de las hipotecas contratadas en España. Que quede esto claro.

2) Lo que sucede aquí es que la tasación del inmueble es superior a la deuda todavía restante (y por tanto sí basta para cubrir el importe del préstamo). En la mayoría de los casos sucede al revés, de ahí, repito, la peculiaridad de este caso.

3) Rogaría a LD que fuera más rigurosa a la hora de redactar noticias, pues el enfoque dado a esta conduce a interpretaciones erróneas por quien es lego en Derecho.

Insisto, en ese auto (confirmatorio de sentencia) NO se está aceptando la dación en pago "en sentido estadounidense" como muchos erróneamente interpretan.
pecio dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 08:50:51:
Cuando el banco presta dinero, no es su dinero sino el dinero de otros ahorradores. El ahorrador no debe sufrir el quebranto de los compradores de pisos.

Lo lógico, en mi opinión, es que el hipotecado devuelva todo el dinero, y si no le llega que apechugue. Si dejamos que se devuelvan los pisos sin saldar deuda todos los propietarios de vivienda pueden verse tentados a hacerlo; entonces qué pasaría con los ahorradores,¿ pierden ellos sin comerlo ni beberlo?

El problema está en que los compradores, que no dudaban en meterse en cipotecas y presumir de su pisito, muchos de los cuales se han lucrado como no se podía ni soñar, no estaban respaldados por un sistema bancario prudente. El Banco de España no ha hecho nada para frenar el fenómeno de la burbuja, nada; y el gobierno además alentaba a la compra con unas desgravaciones injustas, sin parangón con el alquiler.

En mi opinión la máxima responsabilidad es del gobierno, que nombra al presidente del Banco de España, fija las desgravaciones, conseguía cifras de empleo ficticias y recaudación sobre deuda.

Que embarguen los bienes de todos los parlamentarios y ministros de los últimos diez años, eso es justicia.
ANANEWYO dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 07:51:26:
Esta sentencia hace por fín JUSTICIA, es un gran paso para terminar con la esclavitud de las personas que no pueden pagar y que de por vida quedan atadas a un Banco.

prusadir dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 04:49:41:
No olvidar lo inolvidable. Los tasadores deberian ser un Cuerpo Institucional -como los inspectores de Hacienda- cortar la inmoralidad de que las subastas no salgan a la LUZ PUBLICA y sean los que estan en el "AJO" los que se lucran con las miserias ajenas. La sentencia - si hubiera una justicia independeitne- la veria correcta, lo malo es que se dio dinero, sobre todo para CHANCHULLOS POLITICOS y cobrar comisiones. Veanse los espectaculares aeropuertos que no se pueden mantener, porque no hay trafico para ellos, sin embargo a los directivos de las cajas no se les ha metido en la carcel, ejemplo Caja Castilla la Mancha.
Egnacio dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 03:57:46:
La ley hipotecaria española es mucho más antigua que la burbuja inmobiliaria, la escalada especulativa de los precios y la crisis económica de estos últimos años; creer que con esta ley una entidad bancaria o una caja de ahorros puede perder dinero al ejecutar una garantía hipotecaria (quedarse con la vivienda o con el dinero de la subasta) demuestra un conocimiento superficial de la realidad. Además, si algo le queda pendiente de cobrar del crédito concedido, más los intereses de demora, más los gastos del juicio y otros, automáticamente se convierte en una deuda morosa, que no fallida, que devenga unos intereses muchísimo más altos que los del crédito hipotecario. En la mayoría de los casos, el banco termina cobrando; lo que les pasa ahora es que no tiene suficiente dinero para financiar los impagos (sobre todo de los promotores).Pensar que la ley está hecha para que los bancos y cajas corran el riesgo de perder dinero es de ingenuos. Por otra parte, por los comentarios que se leen, parece que a la mayoría de los compradores de viviendas les guiaba el afán especulativo y no el natural deseo de tener vivienda propia. Si el interés era bajo, el crédito alto y muchos el número de años para pagarlo, pues estupendo para muchos que deseaban tener una vivienda y de otra forma no habrían podido adquirirlo. Nadie pondrá en duda que los especialistas en créditos son las entidades financieras; por ello, a ningún comprador, alumno y no maestro en el tema, puede imputársele la más ligera culpa. Excepción hecha de algún habilidoso capaz de engañar al banco de turno.
juan2006 dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 02:25:33:
Se está comentando que ojala el Supremo case la sentencia, pues a ver si nos enteramos el Supremio no puede casar una sentencia a la que no tendrá acceso por ser inferior a 120.000 euros.Los argumentos de los partidarios y contrarios tienen su parte de razón.Pero perdemos de vista lo que la propia Audiencia dice, y no solo un juez prevaricador como alegremente algunos tachan ya que ha intervenido un juzgado de primera instancia y 3 jueces mas en la Audiencia y TODOS dando la razón al deudor. Pues bien,la Audiencia lo que viene a decir es que la situación de impago no se ha producido por unas circunstancias normales, morosidad del deudor, sino por circunstancias en las que el acreedor, el banco, no es ajeno, la crisis del sistema financiero y por tanto hacer pagar a una parte que no ha tenido culpa en el debacle producido y sí, y bastante, el reclamente, como integrante del sistema financiero es hacer recaer las culpas del incumplimiento contractual a quien menos culpa ha tenido del mismo.No dudo que el Tribunal Constitucional intervendrá e incluso pienso que es mas que probable anule la sentencia por las graves repercusiones de la misma y no por los razonamientos jurídicos que son de bastante calado. No olvidemos por otro lado que se está produciendo unos acontencimientos curiosos y son que mientras a los españolitos los bancos, cuando ejecutan una hipoteca no les admiten la entrega de las llaves y les persiguen por la diferencia de lo obtenido en la subasta y lo adeuda, sin embargo a los extranjeros- y por lo visto todos los directores de oficina tienen instrucciones en ese sentido- cuando les va un morito o un sudamericano le cogen la llave y se olvidan de la subasta. Esto de poderse demostrar que es debido a instrucciones emandas de las direcciónes de los bancos, tendría un nombre y no muy bonito.
Bender76 dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 01:00:12:
Estupenda sentencia, que no deja de ser un mirlo blanco en nuestro país. Veremos si esta jurisprudencia se consolida o no.
JL440 dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 00:11:39:
Me parece que ya iba siendo hora de que alguien se mojase en este asunto. Es una VERGÜENZA que encima de perder la casa tengas que seguir pagando. O pagas y continúas en la casa, o entregas las llaves al banco, pero esto de tener que seguir pagando un bien del cual ya no disfrutas tenía que estar prohibido. Olé por el tribunal.
ciccioli dijo el día 26 de Enero de 2011 a las 23:55:27:
Pongamos la siguiente situación: me dan un préstamo de 100.000; dejo de pagar cuando voy por 30.000. Me quedan 70.000. Por razones coyunturales en la subasta el comprador -pongamos el banco, porque no hay mejor postor- lo compra por 50.000. Debo 20.000. Me embargan, pero de modo que por mis escasos ingresos esa deuda no la saldo en menos de 10 años. Venga pagando con un sueldecillo de 1000 euros mes a mes. Ahora pongamos que por razones coyunturales y mejora de la economía va el banco y vende el piso al cabo de cinco años por 150.000 euros. Esto es: el banco recupera los 50000 que pagó en la subasta, los 20000 que me quedan, se ha quedado con los 30000 que le pagué en la hipoteca, y encima aún sobra. Pero ¿a que si eso pasa nadie alza el embargo contra el deudor? Pues eso. El bien hipotecado debe ser suficiente para garantizar la deuda. El que baje de precio o se venda por menos en la subasta es coyuntural. Que se jodan
Golondri dijo el día 26 de Enero de 2011 a las 23:49:29:
Oseas, En el contrato de hipoteca dice claramente que el dinero se presta para la adquisición de una vivienda. No es dinero para invertir en lo que uno quiera. Verlo de otra manera es pura demagogia. Si se adquiere más de una vivienda como inversión, el banco es el que debe valorar si presta el dinero con esa intención. En un negocio, el riesgo lo deben compartir las dos partes, no sólo la más debil. Lo curioso es que la tasación sirve para que uno pague una cantidad, pero no para que el otro se dé por pagado, aunque aceptara la propiedad como garantía con esa tasación.

Vania, Nadie dice que no haya que pagar las deudas. Hay que pagarlas, pero de una forma justa, no abusiva, sin caer en la usura.

En lo que estoy deacuerdo es que las leyes están para cumplirse. Y la ley dice lo contrario de lo que dice la sentencia. No sé si esta sentencia es contra derecho, o se ajusta al mismo.

Tampoco me parecen muy legales las prácticas de bancos/cajas, que ellos mismos tasan sus viviendas, y luego hacen unas subastas de las propiedades embargadas con muy pocas garantias de que sea todo limpio.

Para mí lo más justo es entregar las llaves y quedar libre de deudas, pero que sea todo legal. Sin que los jueces legislen.
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