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Ruz concluye el sumario sobre la muerte de García Goena sin encontrar al culpable

El magistrado le propone a la Sala de lo Penal que archive la investigación al no hallar al culpable.

El magistrado le propone a la Sala de lo Penal que archive la investigación al no hallar al culpable.

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha concluido este lunes el sumario en el que se investigaba el asesinato de Juan Carlos García Goena, última víctima de los GAL, el 24 de julio de 1987 en la localidad francesa de Hendaya, sin poder averiguar quién es el autor de los hechos.

En un auto, el instructor envía el sumario a la Sala de lo Penal para que confirme o revoque su resolución – jurídicamente al ser un sumario el magistrado no tiene potestad para archivarlo- y le solicita al tribunal que se pronuncie sobre un "eventual sobreseimiento" del procedimiento previo emplazamiento de las partes en el plazo de diez días.

Ruz considera, en consonancia con la Fiscalía, que procede "el dictado de auto de conclusión de sumario sin procesamiento alguno al no existir indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas por los hechos investigados en las actuaciones".

En el auto, el magistrado detalla todas las diligencias practicadas desde que se reabrió este caso, el 12 de julio de 2012, a instancias de la viuda de García Goena, Laura Martín, en un escrito en el que pedía investigar los hechos relativos a la información publicada por El Mundo "de los que resultaba que un fotógrafo a quien se identifica como Patxi A, titular del establecimiento fotográfico Photo Galaxia, fue el autor de la fotografía que sirvió para identificarle y darle muerte".

Entre las diligencias de investigación practicadas para la averiguación de los hechos se llevó a cabo la identificación y toma de declaración como imputado del fotógrafo, quien negó tener relación con los GAL y haber entregado la fotografía a dicha organización criminal; las declaraciones como testigo del periodista Antonio Rubio, del excomisario José Amedo y de la viuda de García Goena, así como el careo entre ésta última y el fotógrafo.

Además, se incorporó el material fotográfico del que disponían los testigos, se oyó en calidad de testigo a un guardia civil que estuvo destinado en Irún y se pidió un informe a la Comisaría General del Información "en el que se afirma desconocer los hechos a los que hace referencia la información periodística".

El juez también recuerda todo el recorrido judicial previo de esta causa y la sentencia del 20 de septiembre de 1991 de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, confirmada después por el Tribunal Supremo, en la que se absolvió a los policías José Amedo y Míchel Domínguez de la muerte de García Goena.

"De todas las diligencias de investigación realizadas hasta el momento no se desprende que la fotografía objeto de investigación sirviera a los autores materiales –de los que hasta hoy no se conoce su identidad- para llevar" a cabo "la acción criminal objeto del procedimiento, así como tampoco que el autor de la misma pudiera haber colaborado en la comisión de los hechos investigados", concluye Ruz.

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