Menú

La ambigüedad de las sentencias contra Otegi podría hacerle lehendakari

El Tribunal Supremo le condenó en segunda instancia a 6 años de cárcel por un intento de reconstrucción de Batasuna a las órdenes de ETA.

El Tribunal Supremo le condenó en segunda instancia a 6 años de cárcel por un intento de reconstrucción de Batasuna a las órdenes de ETA.
Arnaldo Otegi | EFE

EH Bildu de un lado y el sentido común de otro juegan una partida de ajedrez que determinará si Arnaldo Otegi puede o no presentarse como candidato a lehendakari. Un pulso que cuenta con algunos plazos prefijados pero que depende sobremanera de cómo muevan sus piezas las instituciones. Si hacen valer sus compromisos verbales, la Fiscalía General del Estado y el Gobierno agotarán los instrumentos disponibles -que los tienen- para frenar las aspiraciones del exrecluso condenado por pertenencia a ETA. Pero antes de llegar a ese punto, la siguiente jugada está en manos de los partidos políticos que aspiren a la presidencia de la Cámara autonómica.

Le Ley Electoral vasca precipita los acontecimientos. Los aspirantes deben presentar candidaturas entre el 17 y el 22 de agosto; y el 24 se publican las listas en el Boletín Oficial de la región. Desde entonces, se habilita un plazo de dos días -el 25 y el 26- para que los partidos impugnen los nombres que consideren ilegítimos. El PP, Ciudadanos y UPyD lo harán, tal y como han confirmado sus miembros, y por el momento no se conoce la postura que adoptará el PSOE. Previo periodo para formular alegaciones, la Junta Electoral Provincial, en este caso de Guipúzcoa, resolverá el 29 de agosto.

Aunque no será la decisión definitiva. Si la Junta actúa en contra de los intereses de Otegi, el representante de Bildu podría recurrir ante el Tribunal Constitucional. Por el contrario, si la Junta falla en contra de los intereses de España, son la Fiscalía y el Gobierno de España quienes elevarían el caso al máximo intérprete de la Carta Magna. Otra vez un litigio con raíces políticas en manos de los magistrados del Alto Tribunal con una particularidad: si es el Ejecutivo quien promueve el debate y los jueces admiten a trámite el escrito, Otegi quedaría provisionalmente suspendido por un periodo máximo de 2 meses a la espera de una resolución concluyente.

Ambigüedad en la sentencia

De fondo se libra un debate jurídico con un amplio espacio para la interpretación. Habita en las dos sentencias que consideraron culpable a Otegi por intentar reconstruir Batasuna bajo las órdenes directas de la banda terrorista ETA. La Audiencia Nacional le condenó a 10 años de prisión, “inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo -para ser votado- por igual tiempo” y veto para ejercer cargo público hasta 2021:

Que debemos condenar y condenamos a ARNALDO OTEGUI MONDRAGÓN y RAFAEL DÍEZ USABIAGA, como responsables en concepto de autores, sin la concurrencia de circunstancias modifcativas de la responsabilidad criminal, de un delito de pertenencia a organización terrorista, en grado de dirigentes, a las penas de diez años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años, además del abono por cada uno de una octava parte de las costas procesales devengadas, incluidas las de la acusación popular.

Caso Iker Casanova

Otegi se aferrará en primer lugar a la falta de concreción de esta sentencia en relación a la inhabilitación especial para empleo o cargo público. Un precedente juega a su favor. Es el caso de Iker Casanova, quien salvó su escaño como representante de Bildu en el Parlamento vasco pese a que la propia Audiencia Nacional le había inhabilitado, también por pertenencia a ETA. La Fiscalía admitió su error en junio de 2015, pero aseguró no tener herramientas para corregirlo y desoyó los intereses del colectivo de víctimas Dignidad y Justicia. No evitó que el exetarra se consagrara como diputado.

"La pervivencia en el tiempo de la pena de inhabilitación no significa que sea susceptible de afectar al cargo público electivo que el reo obtuvo con posterioridad, pues la sentencia no concreta en su parte dispositiva a qué concreto empleo o cargo público se refiere la inhabilitación", apuntó la resolución de la Fiscalía General del Estado. Es decir, que al no especificar a qué cargos afecta el veto, el condenado puede ser candidato en las urnas.

Después de que la defensa de Otegi recurriera la sentencia de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo rebajó la pena de cárcel en segunda instancia de 10 a 6 años al quitarle la categoría de dirigente de la banda. Sin embargo, no especificó en relación al sufragio pasivo -imposibilidad de ser votado- y simplemente se limitó a “mantener los pronunciamientos de la primera sentencia” salvo para la pena privativa de libertad:

Mantenemos los pronunciamientos de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a excepción de la cuantía de la pena privativa de libertad impuesta a los procesados, que será de seis años y seis meses, a cada uno de ellos, para ARNALDO OTEGUI MONDRAGÓN y RAFAEL DÍEZ USABIAGA, como autores de la modalidad básica del delito de pertenencia o integración en organización terrorista prevista en el actual artículo 571.2 C.P., excluyendo el grado de dirigentes.

Si Otegi logra regatear la inhabilitación especial para cargo público, solo permanecería con vida la de sufragio pasivo. A tenor de la sentencia del Supremo, quedaría así: condenado a la pena de seis años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años. Los magistrados que revisen la sentencia en los próximos meses deberán interpretar si con la rebaja de cárcel se modifica el “igual tiempo” de la inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo o se mantienen los 10 años que previó la Audiencia Nacional.

Que este enrevesado proceso se dilate es otra baza con la que juega el Gobierno para evitar que un Otegi suspendido provisionalmente llegue a tiempo a las elecciones vascas que se celebran el próximo 25 de septiembre.

Temas

En España

    0
    comentarios