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El deterioro de Zaplana ante la pasividad de todas las instituciones

El juzgado prorroga el secreto del caso y vulnera el derecho de defensa sin dar explicaciones.

El juzgado prorroga el secreto del caso y vulnera el derecho de defensa sin dar explicaciones.
Eduardo Zaplana durante el registro de su chalet en Benidorm | EFE

El Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia, que investiga al expresidente de la Comunidad Valenciana y ex ministro Eduardo Zaplana, volvió a prorrogar el secreto de las diligencias sin dar ningún tipo de explicación al afectado, según afirma El Español.

El procedimiento lleva tramitándose en secreto desde su comienzo en el año 2015, por lo que los únicos que conocen su evolución son la instructora, María Isabel Rodríguez, y la Fiscalía. La defensa ignora el avance de las diligencias de una investigación que continuará en secreto, tal y como acordó el pasado día 14 el juez sustituto, Rafael Carbona.

En el auto enviado a los investigados (Zaplana, Francisco Grau y el empresario Joaquín Barceló), el apartado en el que se debería justificar el porqué de esta medida, figura en blanco. "Las defensas desconocen las razones por las que, después de tres años, es necesario seguir prolongando una investigación a sus espaldas", afirma El Español.

Insiste este periódico en que "la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a estas prácticas que dejan por completo 'a ciegas' el ejercicio del derecho de defensa". El TC exige a los jueces de instrucción que, siquiera sea "de forma escueta", expliquen a los investigados por qué concurren "los presupuestos fácticos y jurídicos que hacen necesaria la adopción de la medida", explica El Español.

El trato cruel que la instructora Rodríguez está dando a Eduardo Zaplana pesar de su grave estado de salud (tuvo que ser ingresado en el Hospital La Fe de Valencia debido a graves complicaciones derivadas de la leucemia que padece) roza el sadismo. La jueza incluso rechazó en un auto del pasado 15 de noviembre la colaboración del ex ministro alegando riesgo de fuga: "En los paraísos fiscales también hay hospitales".

Su estado, sumamente grave, queda reflejado en el diagnóstico de los facultativos que hoy recuerda Pedro J. Ramírez en su columna de El Español: "La Enfermedad Injerto Contra Huésped, las secuelas de problemas previos, pulmonares y cardiovasculares fundamentalmente, que ha presentado, los medicamentos que está obligado a tomar y la grave situación de inmunodeficiencia que presenta, tanto celular como tumoral y de gravedad similar a la que presentaban los pacientes con SIDA antes de disponerse de medicamentos retrovirales, convierten a Eduardo Zaplana Hernández-Soro en una bomba de relojería, pudiendo sobrevenirle la muerte de forma súbita e inesperada".

Torturas según la Constitución y el Código Penal

La actitud de la instructora vulnera el artículo 15 de la Constitución que señala que "todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes."

Mucho más claro es el artículo 174 del Código Penal, en el que se dispone que "comete tortura la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, y con el fin de obtener una confesión o información de cualquier persona o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, la sometiere a condiciones o procedimientos que por su naturaleza, duración u otras circunstancias, le supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión o que, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral".

Según el Código Penal, este delito se castiga con la inhabilitación absoluta de ocho a doce años y pena de prisión de hasta seis años, dependiendo de la gravedad del caso.

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