La Audiencia de Sevilla inicia la revuelta judicial contra Pumpido: "La UE puede desmontar el 'indulto' de los ERE"
Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que "la Audiencia de Sevilla denuncia una situación insostenible del TC que va más allá de los ERE".
La Audiencia Provincial de Sevilla ha iniciado la revuelta judicial contra el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, tras el ‘indulto encubierto’ a los condenados por el mayor caso de corrupción de la historia de España, los ERE del PSOE de Andalucía.
La mayoría izquierdista del TC que lidera Conde-Pumpido exoneraba el año pasado a los expresidentes socialistas andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves en esta causa en la que se desviaron ilegalmente 680 millones de euros destinados para los parados por parte de la Junta de Andalucía. El Constitucional acordó que la Audiencia Provincial de Sevilla volviera a dictar sentencia teniendo en cuenta sus argumentos. Este miércoles, los magistrados sevillanos han planteado que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) decida si el tribunal de Conde-Pumpido se ha "extralimitado" y con el indulto encubierto de los ERE se ha atentado contra el derecho europeo a través de la previsible presentación de una cuestión prejudicial.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital destacan que "los magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla con su decisión han decidido plantar cara a los desmanes del Tribunal Constitucional de Conde-Pumpido y en defensa de la independencia del Poder Judicial en España. La providencia de estos magistrados denuncia una situación insostenible del TC en España que va mucho más allá del caso concreto de los ERE del PSOE de Andalucía".
"Los magistrados sevillanos han mostrado valentía para decir a Conde-Pumpido se terminó, ya no tienes la última palabra, sino que la tendrá Europa. Además, han abierto el camino para que el Tribunal Supremo presente también cuestiones prejudiciales contra el TC ante el TJUE derivados de la aplicación de la Ley de amnistía del 1-O, una posibilidad que ya deslizó el Alto Tribunal".
Las mismas fuentes consultadas por LD apuntan que "Conde-Pumpido ha montado en cólera tras leer la providencia de la Audiencia Provincial de Sevilla. Ahora, los magistrados sevillanos deberán presentar formalmente la cuestión prejudicial ante el TJUE. Después, este tribunal europeo deberá estudiarlo, admitirlo, celebrar o no una posible vista y finalmente, adoptar una decisión que podría tardar en llegar hasta un año y medio".
"El TJUE podría imponer a la Audiencia Provincial de Sevilla hacer valer su sentencia frente a la dictada por el TC de Conde-Pumpido. De esta forma, los condenados por los ERE dejarían de estar exonerados. Cabe destacar que no sería primera vez que el propio TJUE desmonta una resolución judicial adoptada por un Tribunal Constitucional de algún país europeo, al considerar que va en contra del derecho de la Unión", concluyen.
La providencia de la Audiencia de Sevilla
La providencia de 4 páginas, a la que ha tenido acceso LD plantea las siguientes cuestiones en referencia a la sentencia del TC sobre los ERE:
Si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales (arts. 117.3 y 123 CE) al revisar, a través de una interpretación alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricación y de malversación de caudales públicos, la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo.
Si la interpretación del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andalucía de los años 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución, lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos públicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de la administración pública.
Posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general y de prever la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan.
Posibilidad de que los Tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales autonómicas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como lícitas las conductas de los acusados cuando, según los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal.
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