Colabora

Pumpido amenazó a la Audiencia de Sevilla con multas de 30.000 euros, suspensión de funciones o imputaciones por los ERE

Según publica LD, el TC envió a la Audiencia de Sevilla el orden del día del Pleno donde se abordaría el incumplimiento del artículo 92 de la LOTC.

Europa Press

El presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido amenazó a los magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla con multas de hasta 30.000 euros, suspensión de funciones o imputaciones penales. Todo ello, por plantear una posible cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unió Europea (TJUE) contra la sentencia del propio TC que indultó de forma encubierta a los condenados por los ERE del PSOE de Andalucía.

El Constitucional de Conde-Pumpido solicitó a la Audiencia de Sevilla en marzo que le remitiera la providencia en la que planteaba el posible recurso ante la justicia europea. Los magistrados sevillanos pidieron entonces al Tribunal de Garantías que justificara "la finalidad" de su petición.

Libertad Digital ha tenido acceso a la diligencia que remitió como contestación el tribunal de Conde-Pumpido a los magistrados sevillanos una semana antes de la celebración del Pleno del TC del pasado 8 de abril: "En el asunto de referencia, se acuerda reiterar la solicitud de testimonio de la providencia de 18 de marzo de 2025, dictada en expediente de ejecución 45/2022, por ser necesaria su constancia en el recurso de amparo 6971-2022 a efectos de consideración en el debate jurídico previsto en el punto C del orden del día de la reunión del Pleno del Tribunal Constitucional a celebrar el próximo día 8 de abril de 2025. Adjúntese a la presente diligencia de ordenación copia de dicho orden del día para conocimiento de la Sección".

Tal y como figura en la diligencia, el TC adjuntó el orden del día que mencionaba el "debate jurídico" sobre el "planteamiento de cuestiones prejudiciales en la ejecución de sentencias definitivas dictadas por el Tribunal Constitucional u otros tribunales superiores nacionales, con suspensión de la ejecución". El orden del día también recogía la "relación con el deber de velar por el cumplimiento efectivo de nuestras resoluciones establecido en el artículo 92.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)".

Cabe destacar que el artículo 92.1 de la LOTC establece que "el Tribunal Constitucional velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones. Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución".

Dicho artículo recoge las siguientes medidas coercitivas en caso de que se incumplan las decisiones del TC:

a) Imponer multa coercitiva de tres mil a treinta mil euros a las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplieren las resoluciones del Tribunal, pudiendo reiterar la multa hasta el cumplimiento íntegro de lo mandado;

b) Acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento, durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal.

c) La ejecución sustitutoria de las resoluciones recaídas en los procesos constitucionales. En este caso, el Tribunal podrá requerir la colaboración del Gobierno de la Nación a fin de que, en los términos fijados por el Tribunal, adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones.

d) Deducir el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.

Escrito del Tribunal Constitucional.

Recordamos que el artículo 92 de la LOTC fue modificado por el Gobierno de Mariano Rajoy en octubre de 2015 con el objetivo de hacer frente a los parlamentarios catalanes sediciosos, un año después de la consulta ilegal del 9 de noviembre de 2014 organizada por el entonces presidente de la Generalidad de Cataluña Artur Mas.

Tal y como publicó LD, los letrados del Constitucional emitieron hasta 5 informes en contra de que Conde-Pumpido intentase bloquear la cuestión prejudicial que planea presentar la Audiencia Provincial de Sevilla ante el TJUE contra la sentencia del TC. Por ello, Conde-Pumpido rehusó adoptar cualquier tipo de decisión contra la Audiencia Sevillana en el Pleno del TC.

Tres días de deliberación

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla fijó los pasados días 24 y 29 de abril y el próximo 13 de mayo de 2025 para "deliberación" sobre el posible recurso ante la justicia europea para evitar la impunidad de los condenados en la mayor causa de corrupción de la historia de España con más de 680 millones de euros públicos desviados.

Tanto la Fiscalía, siguiendo las instrucciones del fiscal general Álvaro García Ortiz, como las defensas de los condenados han solicitado al tribunal sevillano que renuncie a elevar la cuestión prejudicial a Europa. Por su parte, la acusación popular ejercida por el PP andaluz apoya con firmeza esta pretensión.

Póngase en contacto con nosotros en investigacion@libertaddigital.com

Temas

Ver los comentarios Ocultar los comentarios

Portada

Suscríbete a nuestro boletín diario