
La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) aprecia "conductas susceptibles de infracción" tras estudiar una denuncia que apuntaba a que el Canal Interno de Información del PSOE "no ofrece las preceptivas garantías legales". La AAI hace referencia a las denuncias internas presentadas en los últimos meses contra el exasesor de Pedro Sánchez, Francisco Salazar, "por presuntos hechos de acoso sexual a personas del ámbito laboral del PSOE".
La Autoridad Independiente de Protección del Informante es un organismo público español independiente, creado por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta ley transpone la Directiva (UE) 2019/1937 de la Unión Europea sobre la protección de denunciantes (conocidos como whistleblowers).
Según el escrito de la AAI, al que ha tenido acceso Libertad Digital, "realizado el análisis preliminar que señala el artículo 18 de la Ley 2/2023, la documentación aportada pone de manifiesto conductas susceptibles de ser calificadas de infracción por la gestión del canal interno de información de la formación política, atendiendo a lo dispuesto en los Capítulos I y II del Título II y Título IV de la misma norma", señala la entidad.
Es por eso por lo que la AAI ha decidido remitir el expediente al Departamento de Seguimiento y Sanciones de esta Autoridad "al objeto de que inicie las investigaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados y, en su caso, proceder a la apertura del correspondiente procedimiento sancionador".
Otro de los argumentos de esta entidad es que el propio Partido Socialista reconoció públicamente la existencia de un "fallo informático". "En paralelo, se denuncia que, en una reunión interna dirigida por un alto cargo del citado partido, se generó un debate sobre la puesta a disposición o no de esta información a la Fiscalía", añade.
Garantías "autoimpuestas por el PSOE"
Por su parte, el denunciante señaló en su escrito dirigido a la AAI la relevancia jurídica de este asunto. Después de exponer una cronología de los hechos, el denunciante explicó que "los hechos descritos presentan una clara relevancia jurídica por su potencial compatibilidad" con una serie de infracciones o deberes. En primer lugar, se estarían incumpliendo las obligaciones mínimas del Sistema interno de información, establecidas en la Ley 2/2023.
Por otro lado, el denunciante critica que también se estarían vulnerando las "garantías internas autoimpuestas por el PSOE en materia de tramitación y custodia" puesto que el propio Protocolo del Partido Socialista señala "expresamente que la configuración de las vías de recepción ‘permite la trazabilidad y posterior seguimiento’ desde la recepción hasta el archivo, y prevé: registro, asignación de código de identificación, y acuse de recibo en un máximo de 7 días naturales, incluso automático cuando se use la vía web. En consecuencia, un funcionamiento ‘inoperante’ (o que haga desaparecer la constancia/registro, impida el seguimiento o frustre la tramitación) sería incompatible con el estándar procedimental que el propio PSOE declara y se obliga a aplicar".
Por último, apunta a una "obstaculización o frustración material del seguimiento de las comunicaciones" y al "posible incumplimiento del deber de remisión inmediata al Ministerio Fiscal cuando existan indicios de delito".


