
La presidencia española de turno de la UE ha servido para impulsar un cambio normativo que huele a intento de control de Pedro Sánchez de la prensa crítica. El texto se llama Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA) y ha recibido un impulso decisivo con el paso de Sánchez por esa presidencia de turno europea. Todo se hace bajo la fachada de una defensa del derecho de los ciudadanos a acceder a una información "libre y plural". Pero lo cierto es que ha confirmado a los gobiernos su capacidad para decidir qué es considerado como información "libre y plural" y qué no.
El propio Gobierno español califica la norma europea como "una herramienta fundamental para proteger la libertad de expresión, la libertad e independencia y el pluralismo de los medios de comunicación, tanto los tradicionales como los digitales". Y, efectivamente, es que, si la norma cuenta con una correcta "justificación" y es "proporcionada", los gobiernos de los Estados miembros podrán emitir nuevas normas de regulación de la prensa. Un nuevo comité se encargará de la función de supervisión de estas normas nacionales. Pero ese comité "estará compuesto por representantes de las autoridades u organismos
reguladores nacionales". Es decir, no serán jueces, sino políticos.
"El Comité estará representado por su presidente. El Comité elegirá un presidente de entre sus miembros por mayoría de dos tercios de los miembros con derecho de voto. El mandato del presidente será de dos años", detalla el texto del futuro reglamento. Es más, "la Comisión designará un representante en el Comité. El representante de la Comisión participará en todas las actividades y reuniones del Comité, sin derecho de voto". "El Comité adoptará sus decisiones por mayoría de dos tercios de los miembros con derecho de voto" y el "Comité aprobará su propio reglamento interno por mayoría de dos tercios de los miembros con derecho de voto, de acuerdo con la Comisión". Traducido: intervención política por doquier, cuando el control básico de la prensa se supone que debe ser judicial.
Y, por si había alguna duda de que este mecanismo de politización no se centra en la concentración de los grandes medios -para lo que, por cierto, ya hay otros organismos centrados en la competencia-, la "Sección 5" del texto deja claro lo que quiere controlar: "Requisitos para unas medidas y procedimientos del mercado de medios de comunicación que funcionen bien". Allí se recoge un artículo 20 que regula que las "medidas nacionales que afecten al funcionamiento de los prestadores de servicios de medios de comunicación". Y que destaca que "cualquier medida legislativa, normativa o administrativa tomada por un Estado miembro que pueda afectar al funcionamiento de los prestadores de servicios de medios de comunicación en el mercado interior estará debidamente justificada y proporcionada. Dichas medidas deberán ser motivadas, transparentes, objetivas y no discriminatorias". Pero, por mucho que aparentemente pueda sonar bien, lo cierto es que si se retuerce la justificación se podrá imponer una norma que limitará la actividad de prensa para determinadas empresas.
"Cualquier procedimiento nacional utilizado a efectos de la preparación o la adopción de una medida normativa o administrativa de las mencionadas en el apartado 1 estará sujeta a plazos claros establecidos de antemano", añade. Y subraya que, "sin perjuicio y como añadido a su derecho a la tutela judicial efectiva, cualquier prestador de servicios de medios de comunicación sujeto a una medida administrativa o normativa de las mencionadas en el apartado 1 que le afecte de forma individual y directa tendrá el derecho a recurrir dicha medida ante un órgano de apelación". ¿Y quién mandará en ese organismo? "Dicho órgano será independiente de las partes implicadas y de cualquier intervención externa o presión política que pueda poner en riesgo su evaluación independiente de los asuntos que se le remitan. Contará con los conocimientos especializados adecuados para poder llevar a cabo sus funciones de forma eficaz". No lo indica, con lo que no prohíbe que sea del propio Gobierno con tal de ser un tercer organismo.

