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Marlaska defiende los terceros grados a etarras no arrepentidos: "Es una forma de cumplir condena" no un beneficio

El Ministerio del Interior ha subrayado que se está respetando la "normativa vigente en materia penitenciaria" con los terceros grados a etarras

Europa Press

El Ministerio del Interior ha subrayado que se está respetando la "normativa vigente en materia penitenciaria" en lo referente a la progresión al tercer grado o régimen abierto de los presos de ETA que cumplen condena por delitos de terrorismo, pese a las críticas por no constar un arrepentimiento explícito.

"La clasificación de una persona privada de libertad en tercer grado es una forma de cumplir condena y no un beneficio penitenciario", ha apuntado el Gobierno en una respuesta parlamentaria en la que defiende el respeto a la normativa penitenciaria por parte del Ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska.

El Ejecutivo contesta de esta forma a una pregunta de UPN, consultada por Europa Press, en la que se mencionaban las quejas de asociaciones de víctimas por concederse terceros grados a presos de ETA sin que consten previamente "signos inequívocos de arrepentimiento, como marca la ley".

Cumplen requisitos

En lo que se refiere a los presos de ETA, el Ejecutivo precisa que la "Administración Penitenciaria consideró que reunían los requisitos legales y reglamentarios exigibles para continuar cumpliendo su condena en tercer grado de tratamiento, incluido el del arrepentimiento, sin que la resolución adoptada haya sido revisada por la instancia judicial competente".

Desde que asumió la competencia en política penitenciaria en octubre de 2021, el Gobierno Vasco ha concedido 94 terceros grados a un total de 77 presos de ETA (17 de ellos repetidos), según datos de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) hasta febrero de 2025. Desde 2018, el Gobierno central había concedido otras 28 progresiones al régimen de semilibertad.

El pasado 20 de febrero, Covite denunció otros dos terceros grados concedidos por el Gobierno Vasco a presos de ETA, señalando que se había aprobado para personas que "siguen vinculadas a la izquierda abertzale y, por tanto, no arrepentidos".

El Gobierno se remite al Reglamento Penitenciario para diferenciar los terceros grados de lo que, dice textualmente, sí se entiende por beneficios penitenciarios: medidas que permiten la reducción de la condena impuesta en sentencia firme o del tiempo efectivo de internamiento.

"Constituyen beneficios penitenciarios el adelantamiento de la libertad condicional y el indulto particular. La clasificación de una persona en tercer grado de tratamiento penitenciario, por lo tanto, no es un beneficio penitenciario", apunta.

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