L D (EFE) En su sentencia el tribunal señaló que los productos obscenos están fuera del conjunto de los derechos constitucionales, mientras que su producción y distribución están sujetos a penalización y restricciones legales, por la necesidad de diferenciarlos del resto.
En junio de 2002 el Comité gubernamental surcoreano de Ética de las Telecomunicaciones y la Informática pidió a Korea Telecom el bloqueo del acceso a 25 páginas digitales de adultos que ofrecían servicios en coreano, a resultas de lo cual 21 usuarios de Internet presentaron una querella contra la empresa y el Estado. Los demandantes alegaron que la petición del Gobierno les causó daños psicológicos hasta que pudieron encontrar una tercera vía para poder acceder a tales páginas.
El grupo de litigantes pidió una indemnización de un millón de wones (unos 690 euros) por persona. En su demanda los usuarios alegaron que decidir de forma parcial la obscenidad de las páginas, censurar y bloquear el acceso a ellas violaba el derecho individual a la libertad y bienestar garantizados por la Constitución.