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¿Sabes cuánto dinero se queda Hacienda si ganas un premio de la Lotería de Navidad?

Según la normativa de la Agencia Tributaria, solo los premios que superen los 40.000 euros están sujetos a un gravamen del 20%.

Según la normativa de la Agencia Tributaria, solo los premios que superen los 40.000 euros están sujetos a un gravamen del 20%.
Administración de Lotería en Lugo | Europa Press

Los premios de la Lotería de Navidad de 2024 mantienen la misma tributación que en 2023. Según la normativa de la Agencia Tributaria, solo los premios que superen los 40.000 euros están sujetos a un gravamen del 20%. Hacienda retiene su parte de forma automática en el momento de cobrar el premio.

El sorteo de la Lotería de Navidad reparte diversos premios, y su tributación depende del importe. La Agencia Tributaria establece cómo se aplica el gravamen según la categoría de cada premio:

  1. El Gordo (400.000 euros por décimo): De los 400.000 euros, los primeros 40.000 están exentos. Los 360.000 euros restantes tributan al 20%, por lo que Hacienda retiene 72.000 euros. El ganador recibirá 328.000 euros netos.
  2. Segundo premio (125.000 euros por décimo): En este caso, 85.000 euros están sujetos al gravamen. Hacienda retiene 17.000 euros, y el ganador percibe 108.000 euros.
  3. Tercer premio (50.000 euros por décimo): De este importe, solo tributan 10.000 euros, ya que los primeros 40.000 están exentos. Esto equivale a una retención de 2.000 euros, quedando 48.000 euros netos para el premiado.
  4. Cuarto premio (20.000 euros por décimo): Este premio queda totalmente exento del gravamen al no superar los 40.000 euros. El ganador recibe los 20.000 euros íntegros.
  5. Quinto premio (6.000 euros por décimo): Al tratarse de un importe menor al límite exento, el premiado cobra los 6.000 euros completos, sin retenciones.
  6. Pedreas, aproximaciones y reintegros: Todos estos premios están por debajo de los 40.000 euros, por lo que no tributan. Los ganadores reciben el importe íntegro.

De acuerdo con la Ley 16/2012, recogida en las disposiciones de la Agencia Tributaria, los premios superiores a 40.000 euros tributan únicamente por la parte que exceda esta cantidad. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) es la encargada de aplicar la retención del 20% al momento de abonar el premio.

Los premios compartidos

Cuando un décimo premiado se comparte entre varias personas los 40.000 euros exentos se distribuyen proporcionalmente según el porcentaje de participación de cada uno. Por ejemplo, si un grupo gana el Gordo y se divide entre cuatro participantes, cada uno tendrá exentos 10.000 euros, tributando únicamente por el importe que exceda esa cifra.

El representante encargado de cobrar el premio debe identificar a todos los beneficiarios ante la Agencia Tributaria, justificando los porcentajes de reparto. Esto evita que se considere que una sola persona ha recibido la totalidad del premio.

Otros aspectos fiscales

La normativa fiscal contempla diferentes situaciones para los premiados:

  • Contribuyentes del IRPF: Los ganadores que ya soporten la retención en el momento del cobro no están obligados a presentar ninguna declaración adicional por el premio.
  • Contribuyentes no residentes: Aquellos que no residan en España y resulten agraciados pueden solicitar la devolución de retenciones en caso de que exista un convenio internacional para evitar la doble imposición fiscal.
  • Impuesto sobre Sociedades: Las entidades premiadas deben incluir el importe como parte de sus ingresos. La retención del 20% se considera un pago a cuenta del impuesto correspondiente.

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