Colabora

(27-12-03) Entra en vigor la ley que tipifica el delito de convocatoria ilegal de referéndum

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este viernes la reforma del Código Penal por la que se tipifica como delito la convocatoria ilegal de referéndum y procesos electorales y la financiación pública a partidos ilegalizados por su relación con el terrorismo, modificaciones que entraron en vigor este sábado 27 de diciembre.

L D (EFE) La reforma del Código Penal, que introduce los artículos 506 bis, 521 bis y 576 bis, fue impulsada por el grupo parlamentario del PP en el Senado a través una enmienda en la tramitación de la Ley de Arbitraje.
 
La reforma afecta a la consulta popular prevista en la Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, elaborado por el lehendakari, Juan José Ibarretxe, y más conocido como "Plan Ibarretxe".
 
El método utilizado y el contenido de la reforma, aprobada definitivamente por el Congreso el 18 de diciembre, motivó las críticas de todos los grupos de la oposición, que incluso se negaron a votar la ley en las dos Cámaras en señal de protesta por incluir como delito algo que podría frenar las propuestas de Pasqual Maragall de convocar referendos en Cataluña.
 
El Código Penal establece a partir de ahora que la autoridad o funcionario que, careciendo manifiestamente de competencias o atribuciones para ello, convoque procesos electorales o consultas populares por vía de referéndum será castigado con penas de prisión de tres a cinco años y con inhabilitación absoluta por un tiempo superior en tres a cinco años a la pena impuesta.
 
La misma pena se fija para aquella autoridad o funcionario que destine fondos o bienes de naturaleza pública o subvenciones a asociaciones ilegales o partidos políticos disueltos o suspendidos por su relación con el terrorismo o a quienes sucedan la actividad de esos colectivos. La reforma también prevé penas de uno a tres años de cárcel para quien, sin convocar el proceso electoral o referendo ilegal, "facilite, promueva o asegure" su celebración.

Temas

Ver los comentarios Ocultar los comentarios

Portada

Suscríbete a nuestro boletín diario