Menú

El Supremo confirma la aplicación de la "doctrina Parot" al "violador del ascensor"

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la llamada "doctrina Parot" a Pedro Luis Gallego, conocido como "el violador del ascensor". Esta medida impide que el reo quede en libertad el próximo día 18.

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la llamada "doctrina Parot" a Pedro Luis Gallego, conocido como "el violador del ascensor". Esta medida impide que el reo quede en libertad el próximo día 18.
LD (Agencias) El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la decisión de la Audiencia Provincial de Burgos de aplicar la llamada "doctrina Parot" a Pedro Luis Gallego, conocido como "el violador del ascensor", lo que supone que deberá seguir en prisión hasta noviembre de 2022.

La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha adoptado esta decisión al rechazar por cuatro votos a uno el recurso que la defensa de Gallego interpuso contra la resolución de la Audiencia de Burgos. Si no se le hubiera aplicado la "doctrina Parot", Gallego -que cumple condena por las muertes de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y de la burgalesa Marta Obregón en 1996 y por dieciocho violaciones- habría salido en libertad el próximo día 18.

El Alto Tribunal confirma su doctrina

De esta forma el Supremo confirma su doctrina. Recientemente, el Alto Tribunal aplicó la "doctrina Parot" a otro agresor sexual reincidente, José Rodríguez Salvador, " el violador del Vall d'Hebrón", quien ya se encontraba libre, por lo que fue detenido y reingresó en un centro penitenciario.

Según esta 'doctrina' jurídica que debe su nombre al sanguinario terrorista de ETA Henry Parot, al reo no se le aplican los beneficios penitenciarios sobre el máximo de 30 años de cumplimiento de condena, sino sobre la pena completa. La Sala de lo Penal ha deliberado este asunto a puerta cerrada y dio a conocer el fallo, aunque el contenido íntegro de la sentencia se hará público en los próximos días, según las mismas fuentes.
 


Temas

0
comentarios