L D (Europa Press) A través de un informe, Ruiz Piñeiro, García y Sáiz recuerdan que el pasado 22 de febrero resolvieron, "en el ejercicio de las competencias revisorias" que la Ley atribuye "como función propia" a la Sala Civil y Penal del TSJPV, el recurso de apelación interpuesto por el Sindicato de Funcionarios Públicos Manos Limpias contra el auto de archivo de la causa dictado el 27 de diciembre de 2004.
En este sentido, señalan que revocaron la decisión de la magistrada instructora, Nekane Bolado, y resolvieron que continuaran las actuaciones contra el ex presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, el ex parlamentario de EA, Gorka Knörr, y la representante de EB, Kontxi Bilbao, que en la pasada legislatura eran miembros de la Mesa de la Cámara autonómica, y están acusados de desobediencia a la autoridad judicial al no disolver a Sozialista Abertzaleak como ordenó el Tribunal Supremo.
Los magistrados indican que la causa que se alega como motivo de la recusación, contenida en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es "haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia". Según indican "dicha causa conlleva un juicio de valor sobre el contenido" de su intervención en el caso que deberá ser valorado por "la Sala a la que corresponda decidir el incidente de recusación".
La defensa de los tres acusados y la Fiscalía consideran que existen "dudas" sobre "la parcialidad" de los tres jueces, después de que hayan resuelto el recurso de apelación interpuesto contra el archivo de la causa y hayan determinado que existen "indicios de criminalidad" contra los procesados. Será ahora la juez que instruye el incidente de recusación, Nekane Bolado, quien decidirá si lo tramita y, de ser así, una sala especial del TSJPV resolverá sobre si se acepta o se rechaza.