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TRIBUNALES DE JUSTICIA AUTONÓMICOS

Una reforma judicial con las exigencias nacionalistas

El Consejo de Ministros aprobó este viernes dos anteproyectos de ley que permitirán la implantación de los llamados "jueces de proximidad", que se encargarán de los asuntos de menor entidad en las grandes ciudades, y la creación de Consejos de Justicia autonómicos. Dos exigencias nacionalistas que se verán complementadas con la redistribución de competencias entre el Tribunal Supremo, que se concentrará en la unificación de doctrina, y los Tribunales Superiores de Justicia, que se convertirán en la culminación de la organización judicial en el territorio de cada comunidad autónoma.

L D (EFE) La vicepresidenta primera y portavoz del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró que estas reformas responden al compromiso de "facilitar una Justicia rápida y eficaz, dotada con medios y recursos suficientes". Desde el PP interpretan que con estos se está "dejando morir el proceso de modernización de la Justicia".
Las reformas aprobadas obligarán a modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y tres leyes de procedimiento: la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los jueces de proximidad serán propuestos para su nombramiento al CGPJ por los Tribunales Superiores de Justicia de entre una terna aprobada por el pleno del Ayuntamiento correspondiente.

Otra de las novedades es la creación de los Consejos de Justicia de las Comunidades Autónomas, que concentrarán las competencias ahora repartidas entre las salas de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales y los jueces decanos y asumirán otras nuevas. Ante las críticas por la posibilidad de que estos consejos sustituyan al CGPJ, el ministro López Aguilar apuntó que al Consejo General se le reserva el "núcleo duro" de las funciones de gobierno del Poder Judicial, como los nombramientos, la promoción, el escalafón, la inspección y el régimen disciplinario de los magistrados, dejando a los Consejos de Justicia otras como las normas de reparto, el modo de cubrir las vacantes o la atención de las necesidades de servicio.

El Consejo de Justicia de cada comunidad autónoma lo presidirá el presidente del Tribunal Superior de Justicia de ese territorio, y su plenario estará integrado en un tercio por los presidentes de las salas de ese tribunal y de las Audiencias Provinciales, el fiscal jefe de la comunidad autónoma y los jueces decanos; además de magistrados (otro tercio) y juristas de reconocido prestigio.

El Gobierno también aprobó una reforma que persigue que el Tribunal Supremo pueda concentrarse en su función de unificar doctrina, dejando a los Tribunales Superiores de Justicia el papel de "culminación" de la organización judicial en el ámbito de su territorio, asumiendo la segunda instancia.

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