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Un problema con muchos interrogantes

Esta situación proviene de que a día de hoy la forma más rápida de iniciar un proceso de ruptura de pareja consiste en solicitar una orden de alejamiento.

jorgegvr dijo el día 25 de Enero de 2011 a las 21:21:

Yo no soy letrado, pero como ciudadano he conocido algunos casos de amigos y conocidos que han tenido ellos -o los maridos de ellas- que pasar por el trance de ser apresados.
También he conocido el caso de algún violento, hombres y alguna mujer, que se merecían pasar por lo mismo, aunque normalmente en esos casos, al pedirles a sus parejas que denunciaran, al ofrecerme a ir como testigo, declinaban la oferta.

Como el artículo trata más sobre los casos del primer párrafo de mi comentario, me gustaría añadir a lo explicado aquí esa transformación que sufren las personas que injustamente sufren la mala aplicación de las leyes y la situación de desamparo total que tienen que vivir.
Es terrible ver a un hombre que ha luchado, trabajado y se ha quitado de mucho para dar a los que considera su familia, el pago que se le dá una vez ha invertido toda su herencia en la vivienda familiar. Ese es uno de los momentos claves.
"Quiero que recojas tus cosas, y que te vayas".
"Pero, ¿por qué?. ¿Qué he hecho?".
"El amor se ha acabado".
Y se vaya o no, la denuncia, recomendada por otros abogados adscritos a los juzgados de Violencia de Género, y la prisión, no se la quitan nadie.

¿Han pensado esas mujeres que denuncian falsamente, y las que siendo víctimas reales de un energúmeno no lo hacen, en sus hijos?. ¿Creen que por ser pequeños, no se enteran de nada, no piensan, no sienten, no comprenden lo que está sucediendo?. ¿Piensan que al utilizarlos como arma arrojadiza o letra de cambio no se dan cuenta, incluso con 8 años, o 13?. ¿Creen que cuando esos vástagos sean mayores no les recriminarán su actuación, o cobardía?. ¿Creen qué el pago será amor, cariño, compañía y dedicación cuando lo necesiten?.

Y lo mismo a esos que maltratan, ¿qué piensan cuando miran a sus hijos de lo que han dicho y hecho?.

Divara dijo el día 25 de Enero de 2011 a las 20:24:

Es horroroso lo que cuenta el artículo y el primer comentario.

Somos las mujeres las que tenemos que darnos cuenta de que, lo que hoy nos puede 'beneficiar' de manera artera y tramposa, mañana puede perjudicar a nuestros hijos, a nuestros hermanos y a nuestro padre.

Y eso sin perjucio de que la violencia doméstica o en el seno de la pareja (me niego a decir 'de género') sea absolutamente intolerable. Pero la manera de luchar contra ella no es mediante leyes injustas que convierten a mi novio en delincuente por llamarme 'gilipollas'.


davruros dijo el día 25 de Enero de 2011 a las 19:33:

Estimado compañero:

Tus comentarios van muy atinados pero creo que obvian o, más bien dulcifican, una parte muy importante del problema: y es que, cuando se interpone una denuncia penal por parte de una mujer, aduciendo un hipotético maltrato (para lo que, actualmente, bastaría con un simple insulto en mitad de una discusión acalorada), teniendo como objetivo último, si no único, la obtención de una orden de protección con medidas de alejamiento y civiles sobre los hijos y el domicilio conyugal, la situación no es que el varón tenga que "abandonar" el domicilio, eso es un eufemismo en toda regla.

La situación REAL es que el varón es DETENIDO y llevado a CALABOZOS de la Policía o Guardia Civil (donde se puede llegar a pasar fácilmente casi las 72 horas de plazo máximo, si la detención se produce un viernes por la tarde y el partido judicial tiene Juzgado de Violencia pero no abre el fin de semana y el de Guardia, que tendría que atender el asunto, está atestado y prefiere postergar el tema hasta el lunes, para que sea el Juzgado de Violencia el que asuma el caso), para ser luego sometido a un juicio rápido en el que las garantías procesales están muy restringidas por el mero hecho de que la premura en la práctica de las diligencias impide que se practiquen todas las que, en buena ley, serían necesarias antes de tomar una resolución que afecte a derechos fundamentales como la libertad personal o la de residencia.

Yo particularmente me he encontrado con casos en los que, por la denuncia de una señora que decía que un vecino le había dicho que su ex - marido había estado en un aparcamiento más cercano a su domicilio que los 500 metros a los que tenía restringido acercarse, lo que suponía un quebrantamiento de medida cautelar, dicho señor fue detenido, pasó la noche en calabozos, fue llevado a vista de prisión provisional y se pidió por la Fiscal y se dictó por el Juzgado dicha medida de prisión preventiva SIN NI SIQUIERA OIR AL SUPUESTO TESTIGO PRESENCIAL DEL PRESUNTO QUEBRANTAMIENTO, ya que en autos solo constaba la denuncia de la señora (que era testigo de referencia, como te he dicho) y la de mi defendido, que negaba los hechos. Y, aún así, como te digo, el señor pasó tres meses en prisión preventiva, mientras se tramitaba el recurso que interpuse contra tal orden de prisión, hasta que se pudo tomar declaración al testigo que he comentado antes, para que éste acabase diciendo que, en realidad, le había parecido ver a mi defendido en dicho aparcamiento, que no tenía iluminación, a las 4 de la madrugada y a la luz de los faros de un coche que pasaba por allí y que, al parecer, iluminó a dicha persona durante apenas un segundo.

Por ello, entiendo que no podemos hablar del problema gravísimo de la instrumentalización de la jurisdicción penal para conseguir medidas civiles rápidas para la disolución de una pareja en conflicto dulcificando la realidad de lo que pasa. Hay que tener en cuenta que, cuando actúo como abogado de asistencia a las víctimas de violencia doméstica y les digo a las señoras que sus parejas, que están detenidas por que ellas les han denunciado previamente, se enfrentan a penas de hasta un año de prisión por el delito de llamarlas "gilipollas" en mitad de una discusión, en muchos casos se hacen cruces de pura incredulidad y es entonces cuando empiezan a decir que no, que ellas no querían eso, que "eso no se lo habían dicho" y que ellas solo pretendían "darle un escarmiento" y que saliera del domicilio, y es entonces cuando dicen de retirar la denuncia, preguntándote que si retiran la denuncia ella se seguiría "quedándose con la casa y los niños". Y, cuando las dices que no, que en tal caso no se tomaría por el Juzgado ninguna medida civil, entonces prefieren seguir adelante con una denuncia que, a todas luces, si no puede ser calificada como falsa, desde luego ha sido muy exagerada o hinchada, para, luego, una vez llegados a la vista oral en el Juzgado de lo Penal, acogerse a su derecho a no declarar y que salga una sentencia absolutoria, mientras, en el ínterin, nos han tenido a un montón de funcionarios y profesionales de la Justicia ocupados en un asunto que, objetivamente, no merecía el esfuerzo.

Tal y como tú dices, sería necesario recuperar las antiguas medidas provisionalísimas civiles, que aún hoy están en el art. 773 de la L.E.C., pero como si no estuvieran, puesto que, en muchos casos, cuando pides medidas provisionales junto con la demanda de divorcio principal, te señalan la vista de las medidas provisionales para el mismo día, media hora antes, de la vista del juicio principal, haciéndolas perder todo su sentido y finalidad. La lentitud y desesperante apatía judicial a la hora de dar curso a los procedimientos urgentes es lo que ha motivado la instrumentalización de la jurisdicción penal para adoptar medidas civiles, pero el problema de esto, como digo, son las terribles consecuencias para el hombre denunciado, que no pueden, ni deben, suavizarse.

Un saludo, compañero
David Ruiz Rosillo
Abogado

Ello