El asesinato de una niña de seis años a manos, presuntamente, de su madre, ha degenerado en un juicio paralelo contra el padre de la víctima, al que se había concedido la custodia de la menor a pesar de tener una condena de 9 meses por unos malos tratos que según la sentencia se produjeron de manera puntual en el marco de una discusión porque él quería divorciarse en contra de la voluntad de su entonces esposa.
Esta condena fue filtrada desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), pero omitiendo detalles como que el juez descalificó el testimonio de la denunciante, que según el fallo "falta a la verdad" y ofrece "informaciones sesgadas". El magistrado descartó además los delitos de violencia habitual, lesiones psíquicas y otro delito leve de injurias con un duro alegato contra la mujer. También apuntaba que el episodio de maltrato debía ser "analizado individualmente pero no descontextualizado del marco de crispación en el que vivía la pareja". En resumen, que dictaba una pena mínima que tampoco fue impedimento para que se le concediera la custodia de la niña.
Todos estos datos fueron ocultados en la interesada filtración, cuyo propósito no es otro que el de criminalizar al marido y correr un tupido velo sobre las actitudes y actuaciones de la madre y presunta asesina. De modo que a la luz de la ideología de género fanática y maniquea, el objetivo es culpar al padre y exculpar a la única sospechosa del infanticidio con el "argumento" de que él es hombre y ella mujer.
La filtración judicial, la reacción del Gobierno y de la ministra Irene Montero y la entusiasta contribución de prácticamente todos los medios (a izquierda y derecha) compone un espectáculo bochornoso con la intención de desviar la atención, mover el foco y salvaguardar una Ley de Violencia de Género que entre otras perversiones exime a las denunciantes de la acreditación de los delitos. Que en este caso, a diferencia de la inmensa mayoría, se acordara conceder la custodia al padre ha hecho saltar las alarmas gubernamentales y mediáticas, pues desbarata el marco y la plantilla que a modo de rodillo se aplica en los contenciosos de familia.
Una niña ha sido asesinada cuando tenía que ser entregada al cuidado de su padre, del que testimonios imparciales aseguraron en sede judicial que era quien se encargaba de atender a la menor, quien manifestaba una declarada preferencia por su padre. En este proceso destaca además la propensión de la madre a presentar toda clase de denuncias infundadas contra su exmarido y exfamilia política, según la sentencia. Urge una revisión a fondo de toda la legislación de familia que despoja de los más elementales derechos a los hombres y en la que se cometen cadenas de injusticias que en este caso no parecen concluir con el atroz asesinato de una niña de seis años. Si el sospechoso del asesinato fuera el padre, no habría el más mínimo respeto por la presunción de inocencia. Pero no sólo los varones asesinan a sus hijos, los secuestran o maltratan a sus parejas.
El factor de la ideología de género introduce en la legislación sobre la familia factores que contradicen la más mínima noción de justicia, además de negar la realidad y concluir que pase lo que pase y en las circunstancias que sean, un hombre denunciado por su pareja es culpable hasta que pueda, si es que puede, demostrar lo contrario. Y para salvaguardar ese desatino, el Gobierno, algunos jueces y los medios están dispuestos incluso a echar tierra sobre el cadáver de una niña que no fue entregada por su madre a la custodia del padre. A tal efecto, no se duda en sembrar una sombra de sospecha sobre el exmarido, como si quisieran justificar que la presunta asesina podría haber matado a la niña para evitar que estuviera bajo la tutela de un padre, cuya condena por maltrato cuestionaba el propio juez que la dictó obligado por unas leyes demenciales.

