La mayoría progubernamental del Tribunal Constitucional ha avalado la ley de amnistía "para la normalización institucional, política y social de Cataluña" según reza su título, en cumplimiento de las exigencias de Carles Puigdemont para mantener a Pedro Sánchez al frente del Gobierno de España. A falta de conocer el texto de la sentencia, que será hecha pública en los próximos días, el TC ha emitido una nota de prensa, con inclusión de numerosas citas textuales, que resume los razonamientos del bando de Cándido Conde-Pumpido para otorgar carta de naturaleza a una ley aberrante, que socava irremisible y definitivamente uno de los pilares fundamentales de nuestro Estado de Derecho.
El primer despropósito de la sentencia anunciada consiste en afirmar que "Todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador, sin que sea exigible una habilitación constitucional expresa a las Cortes Generales…". El argumento es tan burdo que resulta asombroso que vaya a ser firmado por seis juristas del prestigio que se le supone a los que forman parte de nuestro Alto Tribunal. Porque la posibilidad de hacer todo lo que no esté expresamente prohibido en las leyes es una facultad de los ciudadanos; nunca de los órganos legislativos o judiciales, que han de someter el ejercicio de su potestad a los principios del Estado de Derecho encarnados en nuestra Carta Magna.
Por otro lado, la Constitución Española no prohíbe expresamente el asesinato, el narcotráfico o la trata de blancas y, sin embargo, son actividades que están fuera de la ley por cuanto vulneran los derechos fundamentales recogidos en su articulado, un argumento de puro sentido común que Conde-Pumpido olvida interesadamente para cumplir de esa manera tan zarrapastrosa los deseos de su jefe.
Pero el texto naufraga definitivamente cuando entra en el terreno de la justificación política. Según la nota de prensa del TC, el Tribunal no puede realizar "un ejercicio de realismo político" sobre los motivos que llevaron al Gobierno a impulsar esta ley, porque "Una cosa es, en definitiva, el fin de la ley y otra la intención última de sus autores". Sin embargo, la sentencia desprecia ese mismo razonamiento al hacer suya la retórica independentista del preámbulo de la ley, indicando que pretende contribuir a la reconciliación y "normalización" del conflicto generado por los hechos del llamado "procés" y trata de rebajar la "tensión social y política" existente en Cataluña. ¿Cabe mayor implicación política que el establecer como verdad jurídica en una sentencia de garantías las falsedades de los que impulsaron la ley?
Finalmente, el TC vuelve a ponerse en ridículo al rechazar que estemos ante una autoamnistía, porque semejante aberración es "propia de sistemas políticos autoritarios o de Estados en transición", según reza la nota de prensa. Sin embargo, la ley de amnistía fue elaborada (a través de las enmiendas parlamentarias) y aprobada en las Cortes por los propios beneficiarios de la misma, lo que vulnera el artículo 102.3 de la Constitución y acaba con el principio fundamental de la igualdad de todos los españoles ante la ley.
Estamos, por tanto, ante una sentencia de autor elaborada al servicio personal de Pedro Sánchez para salvar sus urgencias parlamentarias y mantenerse en el poder. De Cándido Conde-Pumpido conocíamos su falta de escrúpulos, expresada por él mismo cuando afirmó que no vacilaría en mancharse la toga con el polvo del camino. Ahora también sabemos que es un pésimo jurista, que reboza sus ropajes en la inmundicia política mientras hace gala de una zafiedad argumental sobre la que podrá reflexionar ampliamente cuando, como cabe esperar, acabe sentado en el banquillo del Tribunal Supremo.


