L D (EFE)
En conferencia de prensa, el consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña, informó del contenido de este decreto, que desarrolla la Ley de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas y que prohíbe también la venta y el consumo de bebidas alcohólicas superiores a veinte grados en gasolineras y en las áreas de servicio de carreteras, autovías y autopistas.
A partir de las 22.00 horas se prohíbe también la venta ambulante o a domicilio de bebidas alcohólicas, de forma que establecimientos como las pizzerías podrán atender pedidos de comida pero sin que vayan acompañados de ese tipo de bebidas, ni siquiera cervezas.
El nuevo texto legal otorga a las corporaciones locales competencias para iniciar, instruir y resolver procedimientos sancionadores por las infracciones leves y graves tipificadas en la citada Ley de Prevención que se cometan dentro de sus términos municipales.
A partir de las 22.00 horas se prohíbe también la venta ambulante o a domicilio de bebidas alcohólicas, de forma que establecimientos como las pizzerías podrán atender pedidos de comida pero sin que vayan acompañados de ese tipo de bebidas, ni siquiera cervezas.
El nuevo texto legal otorga a las corporaciones locales competencias para iniciar, instruir y resolver procedimientos sancionadores por las infracciones leves y graves tipificadas en la citada Ley de Prevención que se cometan dentro de sus términos municipales.
