
Actividades como jugar a las palas en zonas no autorizadas o surfear fuera de áreas habilitadas pueden sancionarse con multas de hasta 3.000 euros, según recuerda Legálitas, que advierte también de sanciones de hasta 1.500 euros por pescar sin licencia o fuera de horario, y de entre 300 y 6.000 euros por bucear en áreas prohibidas. La clave, apunta, es conocer las restricciones y respetar la delimitación de espacios para evitar riesgos legales y de seguridad.
Zonas delimitadas para cada uso
Durante la temporada alta, las playas se dividen en zonas de baño, zonas de embarcaciones y zonas deportivas, reguladas por normativa estatal, ordenanzas municipales y planes de uso de temporada.
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Las zonas de baño, señalizadas con boyas amarillas hasta 200 metros desde la orilla, son de uso exclusivo para bañistas.
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Las zonas de embarcaciones a motor se sitúan más allá de los 200 metros y requieren acceso por canales náuticos balizados.
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Las zonas deportivas son determinadas por los ayuntamientos y acogen actividades como surf, windsurf, paddle surf o vóley playa, debidamente señalizadas.
Entrar en zonas no autorizadas puede considerarse infracción administrativa grave. Una embarcación que acceda a la zona de baño, por ejemplo, puede recibir una multa de hasta 3.000 euros.
Deportes y juegos restringidos
En general, se prohíben juegos o deportes que puedan poner en riesgo o molestar a otros usuarios. Esto incluye:
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Uso de pelotas o juegos de palas en zonas de baño concurridas.
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Surf, windsurf, kitesurf o motos acuáticas en áreas no habilitadas.
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Carreras, ciclismo o patinaje por la orilla si interfieren con la seguridad.
Las sanciones varían según el municipio: en San Pedro del Pinatar, Vigo o Benidorm, jugar a las palas en zonas prohibidas puede conllevar multas de hasta 750 euros. En San Sebastián, las playas de la Concha y Ondarreta o zonas balizadas de Zurriola y la Isla prohíben la práctica de surf, bodyboard, piragüismo y navegación deportiva.
Pesca en temporada alta
Durante el verano, casi todos los municipios costeros prohíben la pesca con caña en zonas de baño entre las 10 y las 20 horas. Además, no está permitida en espacios de protección ambiental o en áreas reservadas a actividades turísticas.
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Benidorm prohíbe la pesca en playa entre las 9 y las 21 horas.
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Málaga la permite solo de noche y fuera de zonas de baño.
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En Alicante es necesaria licencia y está prohibido lanzar el sedal en playas urbanas de día.
Las sanciones por pescar sin licencia o en zonas prohibidas oscilan entre 300 y 1.500 euros, con posible retirada del material.
Buceo en zonas restringidas
El buceo recreativo también está regulado. Está prohibido o limitado en zonas con riesgo de colisión, áreas portuarias, canales náuticos, zonas de tráfico marítimo o espacios ambientalmente protegidos. En playas urbanas, algunos municipios exigen que la actividad sea realizada por empresas autorizadas o bajo señalización específica.
Bucear sin autorización o en zonas prohibidas puede suponer multas de 300 a 6.000 euros, intervención del equipo y prohibición temporal de la actividad en caso de reincidencia.



